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El paro de la OCDE cae al 6,7% en febrero, una décima menos

Según ha informado la organización, todavía es 1,4 puntos porcentuales superior al nivel de desempleo registrado en los países avanzados en febrero de 2020, antes del impacto de la pandemia de Covid-19 y de las restricciones implementadas para contener los contagios La tasa de paro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) se situó el pasado mes de febrero en el 6,7%, lo que equivale a un descenso de una décima con respecto a enero. En el segundo mes del año, los países de la OCDE con mayores tasas de desempleo eran España, con un 16,1%, y Grecia, con un 15,8% en el mes de diciembre. Colombia se situó en tercera posición, con el 14,3%. Por el contrario, los países con menores niveles de desempleo en el segundo mes del año fueron Japón, con un 2,9%, Polonia (3,1) y República Checa (3,2%). En el mes de febrero, la cifra de desempleados de la OCDE era de 44,042 millones de personas, lo que supone un descenso mensual de 725.000 parados, aunque el dato continúa por encima de los 35,9 millones de desempleados registrados en 2019. Por otro lado, la tasa de paro entre los menores de 25 años en la OCDE se redujo en tres décimas en febrero, hasta el 13,7%, con España (39,6%), Grecia (34,2% en diciembre) e Italia (31,6%), mientras que Japón (4,9%) y Alemania (6,1%), disfrutaron de las tasas más bajas de desempleo entre los jóvenes.
El Ministerio de Sanidad ha ampliado el número de países en la lista que establece qué viajeros deberán guardar cuarentena obligatoria al llegar a España para controlar la expansión de la cepa sudafricana y la brasileña. Según la orden publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE), deberán someterse a cuarentena las personas procedentes de cualquier aeropuerto situado en Brasil, Sudáfrica, Botsuana, Unión de Comoras, Ghana, Kenia, Mozambique, Tanzania, Zambia, Zimbabue, Perú y Colombia. Así, los viajeros de estos países deberán permanecer en aislamiento los diez días siguientes a su llegada, o durante toda su estancia si esta fuera inferior a este plazo. Con todo, el periodo podrá terminar antes si al séptimo día la persona se realiza una prueba diagnóstica de infección aguda con resultado negativo. Esta orden, que entrará en vigor el próximo 8 de marzo y que tendrá una validez inicial de 14 días naturales, establece además que las personas deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, limitando sus desplazamientos o la visita de terceras personas a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad, asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios y causas de fuerza mayor o situación de necesidad. Asimismo, las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento. Asimismo, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán realizar en cualquier momento las comprobaciones oportunas sobre el cumplimiento de la cuarentena. Ante cualquier sospecha de síntomas de COVID-19, las personas en cuarentena deberán contactar por teléfono con los servicios sanitarios mediante los números habilitados por las comunidades autónomas, indicando que se encuentran en cuarentena. Por último, la orden establece que las agencias de viaje, los operadores de turismo y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de…
Lupicinio International Law Firm y el Club de Exportadores e Inversores han presentado recientemente el primer prontuario de sanciones internacionales que se elabora en España. El prontuario, escrito por José Luis Iriarte, José María Viñals y Tania Esparza (tres especialistas en Derecho Internacional con una larga experiencia a sus espaldas) y coordinado por Antonio Bonet, presidente del Club de Exportadores e Inversores Españoles; reúne 49 respuestas sobre la naturaleza y el funcionamiento de las sanciones internacionales que pesan sobre determinados países. En tono pedagógico y con sentido práctico, la obra aporta una hoja de ruta a las empresas para orientarse en la compleja telaraña jurídica, de extensión global, que actualmente conforman las sanciones internacionales. Docenas de países están sujetos en la actualidad a sanciones internacionales y algunos, como Irán, Cuba, Venezuela y Rusia, en especial, están sometidos a un catálogo extenso de restricciones y sanciones. El panorama se complica, además, con las llamadas sanciones secundarias y los efectos extraterritoriales, que afectan a empresas y a ciudadanos a escala global. En la presentación, los autores han destacado que a los desafíos tradicionales de la inversión y del comercio —desafíos medioambientales, regulatorios o vicisitudes políticas— hay que añadir hoy el creciente reto de las sanciones internacionales sobre determinados países. El socio director de Operaciones Internacionales de Lupicinio International, José María Viñals, ha recalcado el desconocimiento general que existe en el mundo empresarial sobre el alcance y los efectos de las sanciones internacionales sobre las operaciones globales: "Las compañías europeas no solo se ven afectadas por las sanciones que impone la Unión Europea, sino que también por los efectos extraterritoriales y sanciones secundarias de terceros países, como es el caso de las sanciones de Estados Unidos frente a países en los que la UE no tiene sanciones, como ocurre, por ejemplo, con Cuba…
online de alquiler de apartamentos y habitaciones. ¿Novedad? Cada propiedad que ofrece es comprobada por la compañía gracias a lo que ellos denominan runners, que son los encargados de grabar los vídeos o hacer las fotos. “Tenemos este tipo de personal en las doce ciudades de seis países diferentes en los que ya estamos presentes. Nuestra plantilla, compuesta por 71 personas, la integran 24 nacionalidades diferentes”, indica Alejandro Artacho, su CEO. Y añade: “Queremos expandir el negocio a todos los rincones del mundo”. Una visión internacional de la que también hacen gala en Uvinum. Configurado como un ecommerce de vino, destilados, cervezas y productos gourmet, su catálogo abarca unas 65.000 referencias, que se pueden adquirir en 14 países. “Desde nuestros primeros pasos tuvimos muy claro que teníamos que romper la distribución local. El 80% de nuestro inventario es internacional y el 70% de los ingresos proceden de fuera de España”, acota Nico Bour, uno de sus fundadores. Tanto Spotahome como Uvinum tuvieron muy claro, desde sus orígenes, que tenían que poner su punto de mira allende los mares. “Este tipo de pymes jóvenes y emprendedoras se caracterizan por un enfoque estratégico que se centra en ver el mercado global como su mercado potencial. De ahí que se las conozca con el nombre de ‘born global’, o empresas de acelerada internacionalización”, señala José Luis Martín, CEO de la consultora BusinessGoOn. Para que sean catalogadas como tal, sus ingresos del exterior deben suponer, como mínimo, una cuarta parte del total, y deben haber dado el paso antes de los tres primeros años de vida. Ayudas y apoyos. Ambos casos se engloban en sectores de alta tecnología, aunque también hay negocios más tradicionales. “Generalmente se caracterizan por presentar escasez de recursos, financieros, humanos, planta y equipo, entre otros, por lo que se centran…