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Opinión

Redacción Capital

La lucha contra el fraude fiscal en el ámbito local 

Escribe sobre fraude fiscal Arturo José Delgado Presidente de la Asociación de Inspectores de Hacienda Pública Local (ANIHPL)

La inspección de los tributos locales resulta un motor fundamental para la recaudación fiscal de España, de la que depende la estabilidad presupuestaria de nuestro país y la capacidad para contener el ahora desbocado déficit público. No solo por la recaudación directa que conllevan sus actuaciones sino también, incluso en mayor medida, por las consecuencias indirectas sobre el comportamiento ciudadano y empresarial en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. Porque lo que no son cuentas, son cuentos, la inspección tributaria local constituye una labor necesaria que redunda en los ingresos fiscales y, por ende, en nuestra salud financiera como país. 

Entre otros factores, el aumento del gasto para mitigar los efectos de la pandemia en familias y empresas debería espolear una de las grandes reformas pendientes en nuestro país: la fiscal, que, sin duda, ha de tener en cuenta a las haciendas locales, paradójicamente olvidadas y discriminadas cada vez que se plantea una reforma de este calibre. 

Por desgracia, continuamos con esquemas tributarios de mediados del siglo XIX y, en tributos como el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) o el Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM), sometidos a una “tutela” estatal que condiciona la adecuada gestión e inspección de los mismos.  

Los impuestos locales no están configurados técnicamente como tributos de carácter personal. Son tributos reales, ajenos a la dura situación que, de modo coyuntural, pueda vivir el contribuyente, lo que provoca ante la ciudadanía un deterioro de la imagen de las entidades locales. Mientras el IRPF y el Impuesto sobre Sociedades se adaptan a la realidad financiera personal y empresarial, el IBI y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (“plusvalía local”), por ejemplo, continúan cobrándose sin considerar tal circunstancia.  

Mención singular merece la “plusvalía local”: un impuesto bien conocido y arraigado en la ciudadanía que pasó a convertirse, en poco tiempo, con motivo de una grave crisis económica, en un tributo de muy dudosa constitucionalidad por gravar situaciones en las que no podía acreditarse la capacidad económica de los contribuyentes. 

Asimismo, la tardanza en legislar, desde la primera declaración de inconstitucionalidad parcial de 2017, es una clara muestra del olvido de las haciendas locales. Sus consecuencias las han sufrido los ciudadanos y los ayuntamientos por la grave inseguridad jurídica generada. Y no haber contemplado un carácter retroactivo al Real Decreto-Ley 26/2021, de 8 de noviembre, que reforma la plusvalía (como inicialmente estaba previsto en anteproyectos anteriores) supone, entre otras gravísimas consecuencias, que se consienta y confirme, definitivamente, el fraude fiscal no detectado en los últimos cuatro años. 

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Ya advertimos desde la ANIHPL que no se van a evitar nuevas incertidumbres y oleadas de recursos. Al mismo tiempo, numerosos consistorios no podrán hacer frente a la gestión e inspección del impuesto por no contar con medios adecuados para ello. En cualquier caso, la labor de las inspecciones tributarias locales en la lucha contra el fraude fiscal seguirá siendo necesaria en otros ámbitos.  

La construcción se ve afectada de lleno por el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, en virtud del cual se debe abonar hasta un 4%, según el municipio de imposición, del coste de ejecución material de la obra. A las empresas dedicadas a sectores estratégicos, como la energía y telecomunicaciones, se les exigen tasas municipales atendiendo a los ingresos brutos obtenidos. 

Especial atención merecerá la incidencia en las declaraciones del elevado incremento de los precios de la energía eléctrica. Y todas las actividades económicas realizadas por empresas que alcancen el millón de euros como importe neto de cifra de negocios tributan por el IAE.  

Por último, resulta necesaria una educación cívica, desde edades tempranas, destacando la trascendencia que para la sociedad representa el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales, que las Administraciones Tributarias faciliten al máximo dicho cumplimiento a los ciudadanos y empresas, apostando de manera firme y decidida por la innovación tecnológica con acciones proactivas. 

Y, por último -no hay más remedio-, una adecuada penalización que disuada a los defraudadores y unas inspecciones dotadas de los medios técnicos y humanos necesarios, constituyen, sin duda, elementos fundamentales para erradicar el fraude tanto a nivel estatal, autonómico o local. 

Si Hacienda somos todos, la local también.

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