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El Supremo condena al Estado a pagar a Castilla y León 182 millones de la liquidación del IVA de...

El Tribunal Supremo ha fallado a favor de la Junta de Castilla y León, una sentencia que abre la vía a recursos de otras autonomías en la misma situación y que podría suponer el pago de hasta 4.150 millones de euros En concreto, la Junta de Castilla y León, a través de la Dirección de los Servicios Jurídicos, interpuso un recurso contencioso-administrativo el 25 de septiembre de 2020, después de que el Consejo de Ministros desestimara por falta de respuesta la reclamación del pago de las cantidades debidas a la Junta de Castilla y León por las repercusiones en la liquidación del sistema de financiación del ejercicio 2017 correspondientes al IVA, que sumaban 182 millones de euros. El Ejecutivo regional solicitaba al Gobierno de España que se pagaran a la comunidad las cantidades debidas como consecuencia de la pérdida de ingresos en la mencionada liquidación correspondiente al IVA, que ascienden a 120,49 millones de euros, a lo que se suman las cantidades correspondientes al nuevo cálculo de la variación de los ingresos tributarios del Estado y su repercusión en los fondos del sistema de financiación autonómica, que ascendía a otros 61,51 millones de euros. Esta última cantidad corresponde a 30,98 millones de euros del Fondo de Garantía de Servicios Públicos Fundamentales, 21,21 millones de euros del Fondo de Suficiencia Global y 9,32 millones de euros del Fondo de Cooperación. Con este fallo, el Tribunal Supremo "reconoce" la "importancia" de la prueba aportada por los Servicios Jurídicos en el recurso. Así, como se destaca desde el Ejecutivo regional, la Junta "ha intentado llegar a una solución consensuada previa a la judicial, y ha realizado en los últimos dos años numerosos intentos para la reclamación del pago de las cantidades que se adeudan a Castilla y León por las repercusiones en la…
El Tribunal Supremo se ha reunido en un nuevo Pleno para resolver los efectos económicos de la declaración de nulidad de la cláusula de gastos de los préstamos hipotecarios y ha declarado que los de tasación incumben al 100% al banco y no al consumidor. Con esta sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, quedan resueltas por la Sala de lo Civil todas las consecuencias de la nulidad de las cláusulas que imponen a los consumidores los gastos de formalización de hipotecas. De este modo, el Alto Tribunal fija una nueva doctrina que recoge que los clientes tienen derecho a la restitución de todos los gastos pagados en concepto de registro de la propiedad, gestoría y tasación, así como de la mitad de los gastos notariales. En definitiva, solo el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (IAJD), en el que las normas tributarias establecen que el principal sujeto pasivo es el prestatario, corre a cargo de los consumidores. Para tomar esta decisión, el Supremo ha tenido como fundamento de análisis un recurso de casación respecto a una sentencia en grado de apelación de la Audiencia Provincial de Cáceres en un caso protagonizado por Liberbank. Nada más conocerse el fallo del Supremo, la presidenta de Asufin, Patricia Suárez, ha celebrado que este órgano judicial haya zanjado "por fin" el reparto de gastos y, esta vez, a favor de los consumidores. Desde Asufin han querido hacer un llamamiento para que las entidades financieras devuelvan estos importes a sus clientes sin tener que acudir a tribunales. "Son procedimientos que suponen un alto coste", ha apostillado. Asimismo, la codirectora legal de reclamador.es, Almudena Velázquez, ha subrayado la importancia de esta noticia para los hipotecados con préstamos firmados antes de junio de 2019, fecha en la que entró en vigor la nueva ley de…
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Madrid ha condenado al grupo automovilístico Volkswagen a pagar 3.000 euros en daños a cada uno de los 5.444 afectados en España, representados en la demanda colectiva de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), por el caso de los vehículos diésel que incluían un software que alteraba las emisiones de algunos automóviles de la empresa. La sentencia dictada por el tribunal, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima las peticiones de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), declarando probada que la actuación de Volkswagen representa "una práctica comercial desleal". Por este motivo, el juez ha ordenado a la compañía cesar en esta conducta y le ha prohibido que la repita en el futuro. Además, también obliga en su escrito a reparar todos los vehículos afectados, ya sea mediante la modificación del software instalado o a través del cambio del hardware si fuese preciso. Siempre de forma gratuita. En cuando a los consumidores afectados representados por la OCU, se les reconoce una indemnización por daños y perjuicios causados de una cuantía de 3.000 euros por afectado, ascendiendo el monto indemnizatorio total a 16,33 millones de euros, ya que se contabilizan un total de 5.444 vehículos y no los 7.542 automóviles que en un principio pedían compensación. "OCU resalta que es especialmente importante la expresa imposición de costas, por apreciar temeridad en su conducta, es decir, porque Volkswagen ha continuado con el proceso judicial a pesar de que la OCU llevó a cabo dos intentos de conciliación para los consumidores afectados en España, sin que el grupo automovilístico aceptara ninguna opción de indemnización ni efectuara ninguna oferta de compensación", han criticado desde la asociación. A pesar de ello, la sentencia es susceptible de Recurso de Apelación, habiendo 20 días hábiles…
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha decretado nulo el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Alcoa al apreciar "mala fe" en las negociaciones por parte de la empresa. De este modo, el TSXG tumba el despido colectivo de más de 500 trabajadores de la planta de aluminio de Alcoa San Cibrao, en el municipio de Cervo (Lugo). Una decisión que Alcoa estudiará, ya que, advierten desde la multinacional estadounidense del aluminio a Europa Press, "los importantes problemas estructurales y permanentes continúan" y y avanza que "la necesidad de reestructurarla persiste". Asimismo, la empresa reitera que cree haber actuado "de buena fe y en pleno cumplimiento de la ley" con el expediente de regulación que los magistrados han echado abajo, precisamente, por "mala fe". "Estamos revisando el fallo del tribunal para determinar los próximos pasos", insiste Alcoa. Previamente, los magistrados ya habían impuesto medidas cautelares que impedían a la compañía la paralización de las cubas de electrolisis.