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El Supremo dicta que las empresas no están obligadas a dar sillas ergonómicas a todos sus teletrabajadores

El Tribunal Supremo rechaza la demanda de UGT para que se proporcionen sillas ergonómicas a todos los teletrabajadores sin prescripción médica.

El Supremo dicta que las empresas no están obligadas a dar sillas ergonómicas a todos sus teletrabajadores
Por Redacción Capital

El Tribunal Supremo ha ratificado el rechazo a la demanda presentada por el sindicato UGT, que exigía la provisión de sillas ergonómicas para todos los empleados bajo la modalidad de teletrabajo, sin limitarse a aquellos que las requirieran debido a problemas de salud. La Sala de lo Social del Tribunal argumenta que la silla no constituye una condición de trabajo como lo son el horario o el salario.

Para el Tribunal, el riesgo ergonómico, cuando no está evaluado específicamente para determinado puesto y condiciones de trabajo, no obliga a la empresa a implementar medidas preventivas específicas, como proveer sillas ergonómicas a toda la plantilla. Este fallo del Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo de UGT contra la sentencia inicial de la Audiencia Nacional, que había desestimado también la demanda presentada, junto con el sindicato CGT, contra la empresa Tecnilógica Ecosistemas.

La empresa ofrece a los teletrabajadores herramientas como un ordenador portátil, un cargador, auriculares y un ratón, además de una compensación mensual de 30 euros brutos por los gastos derivados del teletrabajo, que incluye suministros y equipamiento, pero no menciona sillas ergonómicas.

El servicio de prevención de riesgos asociado a la empresa permite que los teletrabajadores soliciten un teclado independiente, reposapiés y una pantalla adecuada. Otros materiales ergonómicos, como las sillas, requieren prescripción médica y aprobación del servicio médico.

El tribunal dicta que las sillas ergonómicas solo deben proporcionarse si son prescritas por motivos de salud.

La sentencia, bajo la ponencia de la magistrada Ana María Orellana Cano, resalta que la empresa cumple con las normas de compensación de gastos para los empleados que trabajan desde casa, de acuerdo con la legislación vigente desde marzo de 2021. Además, confirma que Tecnilógica Ecosistemas ha implementado un plan de prevención de riesgos laborales, realizando evaluaciones y planificación de la actividad preventiva, cumpliendo así con sus obligaciones en materia de seguridad y salud laboral.

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