La Comisión Europea ha dado a conocer la apertura de un expediente sancionador contra España, Francia e Italia debido a la imposición de la obligación de pabellón nacional en los buques de remolque y amarre en sus puertos. Esta acción va en contra de los criterios de proporcionalidad y no discriminación exigidos por la normativa comunitaria en servicios portuarios.
El procedimiento de infracción comienza con el envío de una carta de emplazamiento a las autoridades nacionales, advirtiendo sobre la irregularidad. Se ofrece un plazo de dos meses para que los países tomen las medidas necesarias y corrijan su postura. Si no se resuelve en este periodo, Bruselas podría optar por enviar un dictamen notificado, permitiendo uno o dos meses más de diálogo antes de elevar el caso al Tribunal de Justicia de la UE.
La normativa comunitaria subraya la necesidad de mantener principios de transparencia, no discriminación y proporcionalidad. Esto busca asegurar el cumplimiento de la legislación social y laboral pertinente, incluida la inspección de trabajo. Según el Ejecutivo comunitario, la imposición de un requisito de pabellón a los buques no es necesaria, dado que el reglamento da potestad a los Estados miembro para aplicar su legislación social y laboral, independientemente del pabellón del buque objeto de inspección.
Los países argumentaron que, sin la obligación de que los buques llevasen su bandera nacional, las leyes sociales nacionales no serían aplicables. Sin embargo, la Comisión Europea aclaró que esta interpretación «no es correcta». En casos donde los Estados miembro insistan en imponer un requisito de pabellón, este debería permitir el uso de «una bandera de cualquier Estado miembro de la UE», no limitándose a emplear las banderas nacionales concretas de cada país.
Esta postura refuerza el compromiso de la UE con la integración y la no discriminación en el ámbito de los servicios portuarios
En definitiva, la Comisión Europea recalca la importancia de cumplir con la normativa, evitando acciones que puedan ser consideradas como discriminatorias hacia otros Estados miembro. La desobediencia podría llevar a medidas más severas, incluyendo la intervención judicial del Tribunal de Justicia de la UE.
