El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha iniciado un nuevo expediente sancionador contra una sexta aerolínea ‘low cost’, anónima hasta el momento, por «posibles prácticas abusivas», como el cobro por el equipaje de cabina. Este proceso, que se extenderá durante nueve meses, tiene como objetivo determinar si estas prácticas son sancionables. La multa potencial se calculará en función de los beneficios «ilícitos» obtenidos, con montos que pueden oscilar entre 100.001 y un millón de euros, o ser hasta ocho veces el beneficio ilícito si se considera «infracción muy grave».
Las prácticas investigadas incluyen el cobro por el transporte de equipaje de cabina, sobrecostes por la reserva de asientos contiguos a menores o personas dependientes y la falta de claridad en los precios publicados. En el pasado agosto de 2023, durante la anterior legislatura, Consumo ya había abierto expedientes a cinco aerolíneas diferentes por conductas similares. Las sanciones impuestas posteriormente en noviembre de 2024 incluyeron elevadas multas para Ryanair, Vueling, easyJet, Norwegian y Volotea. A pesar de la interposición de recursos contenciosos-administrativos, estas sanciones no serán efectivas hasta la resolución judicial, en la cual se ha involucrado la Fiscalía de la Audiencia Nacional.
La última actualización en este proceso ha sido la suspensión cautelar de las sanciones a Ryanair, Norwegian y Vueling por parte del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), condicionado a un aval bancario. Esta decisión se toma debido a la imposibilidad de prejuzgar el fondo del asunto en este momento procesal.
Controversia a nivel europeo y defensa de las aerolíneas
En paralelo, la Comisión Europea ha iniciado una investigación preliminar sobre estas multas, mientras que organizaciones de consumidores han denunciado a distintas aerolíneas por el cobro del equipaje de mano, reclamando una indagación a nivel de la UE. Este escenario legal se complica con la falta de consenso en la propuesta de reforma de los derechos de los pasajeros aéreos en la UE, aunque se han identificado recientes avances. El Ministerio de Consumo, no obstante, asegura que las aerolíneas han infringido la ley vigente en España, por lo que las sanciones son aplicables y coherentes con ella.
«A nivel europeo, el debate persiste en torno a la obligatoriedad del equipaje de mano como «un elemento indispensable del transporte de los pasajeros», según la sentencia Vueling del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 2014. Mientras tanto, las aerolíneas argumentan legalidad en el cobro y justifican la limitación del espacio para equipaje en los aviones modernos, resaltando que siempre permiten volar con un bulto gratuito que quepa bajo el asiento.
