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El Gobierno multará hasta con seis millones a eléctricas que hagan llamadas no autorizadas al consumidor

El Gobierno aprueba un decreto que prohíbe llamadas comerciales eléctricas, con multas de hasta 6 millones por incumplimiento.

El Gobierno multará hasta con seis millones a eléctricas que hagan llamadas no autorizadas al consumidor
Por Redacción Capital

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Real Decreto que regula el suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica, un movimiento clave para disuadir el ‘spam’ telefónico por parte de las comercializadoras eléctricas. El decreto, propuesto por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, establece multas que pueden llegar hasta los seis millones de euros para las compañías que incumplan la normativa.

Uno de los aspectos más destacados de la normativa es la prohibición general de las llamadas comerciales para la promoción de energía eléctrica, salvo en casos donde el consumidor haya realizado una solicitud expresa. Infringir esta medida de protección al consumidor podría considerarse una infracción grave, con sanciones que varían entre los 600.001 euros y los seis millones de euros.

El decreto busca «modernizar el sistema eléctrico» y proteger al consumidor, especialmente a los más vulnerables

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) será la entidad responsable de gestionar estos casos infractores. La norma también establece que los proveedores de telecomunicaciones deben bloquear números que no respeten el nuevo prefijo comercial o que no cumplan la solicitud de no recibir llamadas de ciertos consumidores.

La ministra Sara Aagesen ha manifestado que el objetivo del decreto es garantizar un acceso justo y transparente al mercado eléctrico, que ha sido objeto de desconfianza entre los consumidores dada la complejidad del sector. El decreto pretende, por lo tanto, equilibrar la relación entre consumidores y empresas eléctricas, eliminando barreras y prácticas comerciales abusivas.

Opciones de contratación más flexibles y derechos del consumidor

Además de regular las llamadas comerciales, el decreto dicta el régimen jurídico de las actividades minoristas en el sector eléctrico, incrementando la protección y el empoderamiento de los consumidores. Entre las medidas relevantes, se encuentra la posibilidad de rescindir contratos sin penalización en ciertas circunstancias, así como la agilización de los plazos para cambios de suministrador, que no deberán exceder los diez días.

En situaciones donde haya un cambio de precios en los contratos, las empresas deberán presentar un documento que explique de manera clara y concisa los efectos que tendrá el cambio sobre la factura del consumidor. Asimismo, las mujeres víctimas de violencia de género y sexual podrán subrogarse en el contrato eléctrico sin cargas, al igual que otros arrendatarios que acrediten su efectividad como usuarios de la energía.

La subrogación del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC) se facilitará para los arrendamientos de viviendas y para consumidores vulnerables

Finalmente, las empresas estarán obligadas a informar periódicamente a la CNMC sobre las renuncias de consumidores vulnerables al bono social al optar por el mercado libre, asegurando así un seguimiento y control de estas transiciones.

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