La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024 dará inicio el próximo miércoles 2 de abril, permitiendo a los contribuyentes presentar sus declaraciones a través de Internet. Desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria, los contribuyentes ya pueden acceder a sus datos fiscales. Este año, la Campaña comienza antes del inicio de la Sema Santa.
El plazo para la presentación de las declaraciones por Internet se extenderá desde el 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025. A partir del 2 de abril y hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria ofrecerá asistencia presencial para la confección de declaraciones en sus oficinas, con la posibilidad de solicitar cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio. Es relevante señalar que el plazo para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finalizará el 25 de junio.
Por primera vez, los contribuyentes podrán realizar el pago de sus declaraciones de la Renta a través de Bizum, además de las opciones tradicionales como domiciliación bancaria o pago en oficina bancaria.
La obligatoriedad de presentar la declaración se mantiene para los autónomos y beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, aunque no así para los beneficiarios de la prestación por desempleo
La Agencia Tributaria ha introducido un sistema único para la corrección de autoliquidaciones, que permitirá a los obligados tributarios rectificar sus autoliquidaciones sin esperar una resolución administrativa. Este proceso sustituye el actual sistema dual de autoliquidación complementaria.
Por otro lado, se mantiene la asistencia personalizada, que incluirá atención telefónica y asistencia presencial para personas mayores, especialmente aquellas con domicilio fiscal en pequeños municipios mediante el plan especial establecido junto con la Plataforma de Mayores y Pensionistas.
Sobre los mutualistas jubilados, se espera que próximamente se modifique la normativa, permitiéndoles solicitar la devolución del IRPF en un solo pago, en lugar de hacerlo de manera anual entre 2025 y 2028. Esta decisión responde a reclamos de diversas asociaciones y sindicatos.
Respecto a las ayudas por daños derivados de la DANA, el sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) ha confirmado que varias medidas eximen de tributación las ayudas recibidas. Sin embargo, se advierte que si el importe de las ayudas es inferior al valor de adquisición del patrimonio dañado, se generará una pérdida patrimonial.
Además, los autónomos que desarrollen su actividad en las zonas afectadas podrán beneficiarse de una reducción del 25% en el rendimiento neto de módulos en el IRPF, así como del 25% de las cuotas en el régimen simplificado del IVA.