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Trabajo propone un decreto para ajustar el SMI a la Carta Social Europea y la Directiva de Sueldos Mínimos

El Ministerio de Trabajo negocia con sindicatos y patronal una reforma del SMI para reflejar actualizaciones sin afectar complementos salariales

Trabajo propone decreto para ajustar el SMI a la Carta Social Europea y la Directiva de Sueldos Mínimos.
Por Redacción Capital

El Ministerio de Trabajo de España ha iniciado un proceso de negociación con la patronal y los sindicatos para modificar el marco normativo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), incorporando aspectos de la directiva europea de salarios mínimos y la Carta Social Europea. Esta iniciativa se presentó durante una reunión entre el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, y representantes de CCOO, UGT, CEOE y Cepyme.

El objetivo central de estas negociaciones es garantizar que las actualizaciones del SMI se reflejen en las nóminas sin afectar a los complementos salariales que incentivan la productividad o reconocen riesgos laborales. Fuentes del Ministerio han indicado que la reunión se desarrolló en un ambiente «constructivo», y las propuestas discutidas se incluirán en un texto que será evaluado por las organizaciones sindicales y empresariales.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se comprometió a llevar a cabo esta adaptación completa de la directiva como parte de un acuerdo con los sindicatos para incrementar el SMI para el año 2025. Esta directiva, adoptada en 2022 por la Comisión Europea, busca mejorar las condiciones de vida y trabajo en la Unión Europea (UE), asegurando que los salarios mínimos se ajusten a las condiciones de vida de cada país.

El sindicato CCOO ha propuesto establecer por ley que el salario mínimo represente el 60% del salario medio neto limitando también la compensación y absorción, además de asegurar los incrementos salariales en empresas sujetas a licitación pública. Por su parte, desde UGT, Patricia Ruiz ha destacado la importancia de que la subida del SMI se haga «efectiva», dada la existencia de cláusulas de compensación y absorción que en ocasiones anulan estos incrementos.

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