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Tussam condenada por negar turno matutino a empleado con clases de piano por las tardes

El TSJA reconoce el derecho de un trabajador de Tussam a un turno fijo de mañana por cursar estudios de piano, anulando la negativa inicial.

Tussam condenada por negar turno matutino a empleado con clases de piano por las tardes
Por Redacción Capital

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha determinado que un trabajador de Transportes Urbanos de Sevilla (Tussam), empresa perteneciente al Ayuntamiento de Sevilla, tenía el derecho de ser asignado al turno fijo de la mañana durante el curso 2018-2019. Esto debido a que el empleado cursaba la Especialidad Reglada de Piano en horario de tarde en la Escuela Municipal de Música de Espartinas. Tussam había denegado previamente esta solicitud.

El contexto del conflicto

En una resolución del 14 de mayo, la sala de lo Social del TSJA revisó el recurso presentado por el trabajador tras la negativa del Juzgado de lo Social número once de Sevilla a su demanda inicial. La petición del empleado se sustentaba en el artículo 56 del convenio colectivo y en su matriculación en clases vespertinas de piano.

El juzgado anterior había desestimado la demanda basándose en que las enseñanzas de la escuela no otorgaban un título oficial según la Ley Orgánica 2/2006 de Educación. Las enseñanzas profesionales de música, a diferencia de las básicas, sí garantizan un título oficial. Sin embargo, el TSJA, tras examinar el recurso, concluyó que aunque los estudios no conducen a un título profesional, sí son oficiales, pues cuentan con el respaldo y la vigilancia de la Autoridad Educativa.

La importancia del convenio colectivo

El tribunal destacó que, de acuerdo al convenio colectivo de Tussam, el derecho a no ser asignado a turnos rotativos se aplica a quienes realizan ‘estudios oficiales’. Este término incluye aquellos estudios que, aunque no otorguen un título profesional, son supervisados por la Autoridad Educativa, como en el caso de la Escuela de Música y Danza de Espartinas.

El TSJA resuelve que el empleado tiene derecho a ser asignado al turno fijo de mañana para el año lectivo 2018-2019, anulando así la decisión inicial del Juzgado de lo Social número once de Sevilla

Como resultado, Tussam queda condenada a aceptar esta declaración y las obligaciones que de ella se deriven. Esta decisión subraya la importancia de los convenios colectivos y el reconocimiento de los estudios oficiales, aunque no confieran un título académico.

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