El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto que regula el procedimiento para anticipar la edad de jubilación en actividades consideradas penosas y peligrosas. La norma establece criterios basados en indicadores objetivos para facilitar el adelanto de la jubilación a trabajadores que desempeñan ocupaciones de naturaleza excepcionalmente dura, que enfrentan altos índices de morbilidad y mortalidad, y que no pueden mejorar sus condiciones laborales.
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, destacó este decreto como un «hito» para el tejido productivo, resultado de un acuerdo firmado en julio de 2024 entre CCOO, UGT, CEOE y Cepyme. Este avance cumple con lo establecido en la reforma de pensiones de 2021, ya que toma en cuenta datos que respaldan cómo ciertas actividades tienen un impacto más negativo en la salud de los trabajadores.
La norma define de forma más exhaustiva las actividades profesionales que pueden acceder a estos coeficientes reductores
El decreto identifica como actividades penosas aquellas que implican exposición a temperaturas extremas, ruido, vibraciones, uso permanente de la fuerza física, y contacto con agentes físicos, químicos o biológicos nocivos. En cuanto a la toxicidad, se consideran los trabajos con exposición a agentes perjudiciales, mientras que la peligrosidad incluye actividades que presenten un mayor riesgo de accidente o enfermedad profesional.
Para establecer la aplicación de los coeficientes reductores, se usarán «indicadores objetivos» que consideran la incidencia de procesos de incapacidad temporal y la duración media de dichos procesos. La Seguridad Social elaborará un informe de morbilidad y mortalidad, teniendo en cuenta diversas variables como la edad, el sexo, y la rotación laboral.
Es crucial destacar que este procedimiento no afectará a trabajadores que ya disfrutan de una jubilación anticipada, como profesionales del mar o mineros, y se centrará en nuevos grupos que no cuentan con esta posibilidad.
El incremento en la cotización a la Seguridad Social se establecerá anualmente y consistirá en un tipo de cotización adicional. La norma también establece que la edad de jubilación anticipada no podrá ser inferior a los 52 años y que la pensión resultante no es compatible con el desempeño de la actividad que originó el adelanto de la jubilación.
La solicitud para el reconocimiento de estos coeficientes debe ser realizada por organizaciones empresariales, sindicales, y en ocasiones, por administraciones públicas. La Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social emitirá los informes pertinentes para evaluar la justificación de la aplicación de estos coeficientes.
Este cambio normativo es un paso adelante en justicia social
La ministra Saiz también subrayó que esta medida se alinea con reformas recientes para adaptar la jubilación a las condiciones y perfiles de los trabajadores. La ministra portavoz, Pilar Alegría, añadió que este cambio acerca a España a políticas de jubilación anticipada ya implementadas en países como Francia, Austria e Italia, destacando la importancia de la solidaridad como principio rector del sistema de pensiones y su relación con el Pacto de Toledo.
