El Consejo de Ministros ha aprobado recientemente una transferencia de crédito de 1.301 millones de euros al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Esta cantidad se destinará a la financiación del Ingreso Mínimo Vital (IMV), una prestación clave de la Seguridad Social no contributiva.
La solicitud para esta transferencia fue presentada por la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, según ha informado el Gobierno. Cabe destacar que el Ingreso Mínimo Vital y su financiación se encuentran regulados bajo la Ley 19/2021, de 20 de diciembre, así como en el artículo 109 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
Este artículo especifica que la acción protectora no contributiva y universal de la Seguridad Social se financiará mediante aportaciones del Estado al Presupuesto de la Seguridad Social. Las únicas excepciones son las prestaciones de asistencia sanitaria y servicios sociales gestionados por las comunidades autónomas.
Competencia y control del Ingreso Mínimo Vital
En relación a la competencia y control de esta prestación económica, el artículo 25 de la Ley 19/2021 establece que el Instituto Nacional de la Seguridad Social es el encargado de su reconocimiento, sin perjuicio de ciertas disposiciones adicionales.
El Gobierno considera esencial elevar la dotación de crédito para el año 2025, ya que actualmente están prorrogados los Presupuestos Generales del Estado de 2023
Por esta razón, la gestión de este expediente de transferencia de crédito es considerada necesaria, alineándose con el firme propósito de seguir sosteniendo la prestación del IMV.
