El reciente registro de alquileres de corta duración en España ha alcanzado las 255.172 solicitudes, después de sumar 40.000 nuevas desde la entrada en vigor de su obligatoriedad el 1 de julio, según informó el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana. Del total de las solicitudes, 118.321 están activas de manera definitiva y 102.732 son provisionales, pendientes de verificación por el Colegio de Registradores. Además, 22.368 han sido revocadas.
El 79,22% de las solicitudes corresponden a alquileres turísticos (202.153), mientras que el restante 20,78% son para alquiler de temporada. Algunas comunidades autónomas concentran gran parte de estas solicitudes. Por ejemplo, Andalucía, Baleares, Canarias, Cataluña y Comunitat Valenciana reúnen el 82,53% de las peticiones de alquiler turístico. Es destacable que, en Andalucía, la provincia de Málaga acapara más de la mitad de las solicitudes registradas en la comunidad.
En Canarias, las cifras se dividen principalmente entre las islas de Gran Canaria y Tenerife, con 19.287 y 15.762 solicitudes respectivamente, sumando un total de 35.049. Cataluña, por su parte, concentra 32.882 solicitudes de alquiler turístico distribuidas en Barcelona, Tarragona y Girona. En la Comunitat Valenciana, Alicante alberga casi el 65,44% de las 26.748 solicitudes totales, mientras que Baleares alcanza 12.999 peticiones de alquiler turístico.
La implementación de este registro único responde al Real Decreto 1312/2024, que estableció la ventanilla única digital. El cumplimiento de este registro es respaldado por el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, el cual busca regular los arrendamientos de viviendas amuebladas de corta duración en toda la Unión Europea.
Con esta medida, el Gobierno de España y la Unión Europea pretenden abordar el «complejo escenario» de la vivienda, aplicando mecanismos para «frenar los casos de fraude» y consolidar un mercado «transparente».
Para solicitar el registro, es necesario presentar documentación en el Colegio de Registradores, incluyendo la referencia catastral, dirección del alojamiento, tipo de alquiler, capacidad de la vivienda y cumpliendo los requisitos de cada comunidad autónoma. Los propietarios, una vez validada la solicitud, obtendrán un número de identificación, que deberán hacer visible en las plataformas online donde ofrezcan sus servicios de alquiler.
