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Economía

Hoy finaliza el plazo para presentar declaraciones de la Renta a ingresar mediante domiciliación bancaria

Este miércoles 26 de junio se alcanza la fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta 2023 a ingresar con domiciliación bancaria

Hoy finaliza el plazo para presentar declaraciones de la Renta a ingresar mediante domiciliación bancaria
Por Redacción Capital

El calendario de la Agencia Tributaria marca para este miércoles un nuevo hito, la fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta de 2023  a ingresar con domiciliación bancaria. El viernes 28 será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas.  El plazo de presentación de declaraciones finalizará el 1 de julio, tanto para las declaraciones a ingresar como a devolver.

La Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arrancó el pasado mes, un 12,2% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, con 11.650 millones.

Está previsto que en esta campaña del IRPF se presenten un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63% de ellas (14.614.000, un 3% menos) por un importe estimado de 11.650 millones de euros.

¿Quiénes no están obligados a hacer la declaración de la renta?

En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.

Por otra parte, se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.

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