Andrés Iniesta ha obtenido una victoria legal significativa al vencer a la Agencia Tributaria en un litigio relacionado con la deducción del IVA por parte de su empresa, Bodegas Iniesta, correspondiente al ejercicio fiscal de 2017. La Audiencia Nacional ha fallado a favor del exfutbolista, permitiéndole deducirse 71.295 euros en concepto de IVA, una decisión que podría sentar un precedente importante para otras empresas en situaciones similares.
La disputa se originó cuando Hacienda cuestionó la deducción del IVA realizada por Bodegas Iniesta en varias facturas de 2017. En particular, la Agencia Tributaria argumentó que la bodega no aplicó correctamente el impuesto al deducirlo en pagos anticipados a proveedores antes de la realización total de los servicios o entregas. Por ejemplo, en enero de 2017, la bodega emitió un pagaré para retribuir el trabajo de un ingeniero agrónomo, momento en el que procedió a la deducción del impuesto. Sin embargo, Hacienda sostenía que la deducción debía efectuarse en julio, cuando se completó el pago total del servicio.
Además, Hacienda cuestionó otras operaciones, como el pago anticipado del 10% del precio de una maquinaria enológica durante el primer trimestre de 2017, argumentando que no se emitió factura en ese momento y que, por lo tanto, la deducción del IVA debía retrasarse hasta la entrega del bien en junio. También se pusieron en duda dos facturas relacionadas con el suministro de una nueva línea de embotellado y la entrega de una máquina, señalando la falta de claridad en el tipo impositivo aplicado.
