Jueves, 9 de Octubre de 2025

Economía

Los contribuyentes podrán acceder hoy a sus datos fiscales para la Campaña de la Renta 2024

Desde el 3 de abril, contribuyentes pueden acceder a datos fiscales para la Campaña de Renta 2024, que finalizará el 30 de junio.

Los contribuyentes podrán acceder hoy a sus datos fiscales para la Campaña de la Renta 2024
Por Redacción Capital

A partir de este miércoles, los contribuyentes podrán acceder a sus datos fiscales en preparación para la Campaña de la Renta 2024, que comienza oficialmente el 3 de abril y se extenderá hasta el 30 de junio. Este año, el periodo de devolución anticipada estará disponible antes del inicio de la Semana Santa, lo que permitirá a los contribuyentes organizar su presentación con anterioridad.

El plazo para presentar las declaraciones a través de Internet se abrirá el 3 de abril y se cerrará el 30 de junio de 2025. Las citas para que la Agencia Tributaria confeccione las declaraciones por teléfono estarán disponibles desde el 29 de abril hasta el 27 de junio. Se ofrecerá también la posibilidad de confeccionar las declaraciones de forma presencial en oficinas de la Agencia entre el 2 y el 30 de junio de 2025, con cita previa desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

El plazo para la presentación de declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finalizará el 25 de junio

Una de las grandes novedades este año es la posibilidad de pagar las declaraciones a través de Bizum, además de los métodos tradicionales como domiciliación bancaria o pago en oficina.

El cumplimiento tributario también abarcará a los autónomos, que deberán presentar su declaración sin excepción, así como a los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). En esta ocasión, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no tendrán la obligación de presentar la declaración, a diferencia de planteamientos anteriores.

La Agencia Tributaria mantendrá un servicio de asistencia personalizado para la población mayor de 65 años que resida en pequeños municipios, al igual que el plan ‘Le Llamamos’. Esta asistencia incluye tanto soporte telefónico como presencial en las oficinas habilitadas.

Las ayudas recibidas por los damnificados por la DANA estarán exentas de tributación, incluyendo indemnizaciones del Consorcio de Compensación de Seguros

Por otra parte, la reforma fiscal reciente ha alterado la forma en que se gestionan las devoluciones del IRPF para los mutualistas jubilados, permitiendo que se distribuyan en un plazo de cuatro años.

Finalmente, el Gobierno ha establecido medidas para que las ayudas por daños materiales causados por la DANA no tributen, mientras que las exenciones también se aplican a indemnizaciones y otros apoyos económicos relacionados con daños personales y materiales.

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