La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha clarificado que las compañías del Ibex 35 deben informar sobre el sexo menos representado en sus consejos de administración y alta dirección al enviar su informe anual de 2026, con fecha límite en los primeros cuatro meses de 2027. Este requerimiento es parte del régimen de representación equilibrada introducido por la Ley Orgánica 2/2024, transponiendo la directiva europea sobre el equilibrio de género en las sociedades cotizadas.
El supervisor de los mercados ha emitido un documento de preguntas y respuestas aclarando varios aspectos sobre la aplicación de esta normativa. Para las compañías con mayor capitalización bursátil, las obligaciones comenzarán el 30 de junio de 2026. Mientras, el resto de las empresas cotizadas deberán aplicarlas un año más tarde, el 30 de junio de 2027.
Esto implica que si bien deben cumplirse los porcentajes de representación desde las fechas especificadas, la difusión de estos datos no será obligatoria hasta el envío del primer informe financiero anual tras las mencionadas fechas.
Conviene subrayar que algunas de las empresas del Ibex 35 ya cumplen con los objetivos marcados por la CNMV.
Para las entidades de interés público no cotizadas, el umbral inicial para el 30 de junio de 2026 es del 33% del sexo menos representado en el consejo de administración, objetivo que se eleva al 40% a partir del 30 de junio de 2029. La información sobre los porcentajes alcanzados no será publicada hasta el primer informe financiero anual que cierre después de la vigencia de estas obligaciones.
La CNMV ha especificado que las compañías deberán divulgar «de manera específica» la información referente al sexo menos representado, concentrándose únicamente en la sección que aborda estas exigencias. Esta sección se presentará junto al informe anual de gobierno corporativo y el informe anual sobre remuneraciones, sin incluir el informe de sostenibilidad completo.
