La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (Asnef) ha formulado diversas solicitudes al Ministerio de Economía en el marco del anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo. La petición central es reducir el límite máximo de crédito considerado de alto coste, actualmente fijado en 1.000 euros, ya que Asnef considera que este umbral es «demasiado alto» en relación con el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) y la realidad salarial de España. Además, Asnef aboga por que las instituciones financieras puedan ofrecer estos créditos para fomentar la competencia y limitar la concesión exclusiva a las empresas de microcréditos.
Entre sus propuestas, Asnef solicita que se refinie el mecanismo técnico utilizado para fijar los límites a los tipos de interés de los préstamos al consumo. Este organismo sugiere que se consideren tanto la tipología como el destino del crédito, más allá del plazo y el horizonte temporal, que son los únicos criterios utilizados en la actualidad. En colaboración con AFI, Asnef ha elaborado un estudio sobre categorías de crédito al consumo, el cual ha compartido con el legislador para facilitar esta revisión.
Asnef también hace hincapié en que la normativa debe siempre distinguir entre Tasa Nominal (TIN) y Tasa Anual Equivalente (TAE) para evitar distorsiones en las comparativas de tipos de interés. Asimismo, la patronal se muestra crítica frente a la propuesta del anteproyecto que pretende ampliar el alcance de la ley a personas jurídicas, ya que el crédito al consumo está dirigido exclusivamente a consumidores.
El crédito al consumo se dirige únicamente a los consumidores, y extender su alcance a personas jurídicas podría generar un desequilibrio
Asnef teme que no hacer esta distinción podría reducir significativamente la oferta de crédito al consumo dirigida a personas físicas, debido a las diferencias en cantidades, coste, riesgo y canales de contratación entre personas físicas y jurídicas.
Por otro lado, Asnef ha solicitado que se incluya la figura de la reserva de dominio como garantía en la adquisición de vehículos, lo cual garantizaría la eficacia jurídica prevista en el Código Civil. Además, critica la información precontractual requerida por el anteproyecto de Ley por considerarla «excesiva» y señala que los avisos en textos publicitarios de créditos al consumo son «extensos». No obstante, Asnef valora positivamente la incorporación de estas medidas.
Incluir una cláusula de sanación para evitar la retroactividad en la aplicación de la ley es crucial, según Asnef
Finalmente, se ha solicitado la ampliación a 12 meses del periodo de implementación para garantizar una transición adecuada y evitar problemas futuros en el sector financiero.
