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Autónomos y microempresas: cómo pedir las ayudas del Kit digital

Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital

Autónomos y microempresas: cómo pedir las ayudas del Kit digital
Por Redacción Capital

Red.es ha publicado una resolución de modificación parcial de la convocatoria de las ayudas destinadas a la digitalización de pequeñas empresas (mipymes y pymes) de entre 0 y menos de 3 empleados ('segmento III') que incluye novedades respecto a la convocatoria del mismo segmento que se publicó el 12 de octubre de 2022.

No aplican estas modificaciones a las comunidades de bienes, sociedades civiles profesionales, sociedades civiles con actividad mercantil y explotaciones agrarias de titularidad compartida que pertenezcan al 'segmento III'.

En este contexto, esta modificación de la convocatoria recoge que la cuantía de los bonos para este segmento de empresas será de 3.000 euros.

Además, se incorpora una nueva categoría de solución para el 'segmento III', 'puesto de trabajo seguro', que incluye un dispositivo portátil o de sobremesa con monitor.

En concreto, el formulario para solicitar esta nueva cuantía estará abierto a partir de este viernes a las 11.00 horas, a través de la sede electrónica de Red.es, y se mantendrá abierto hasta el 31 de octubre de 2025 a las 11.00 horas.

Para solicitar la ayuda, las empresas deberán primero registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital, a continuación, consultar la información disponible de las soluciones de digitalización en el catálogo y finalmente, solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.

Para aquellas empresas del 'segmento III' que han sido beneficiarias en las ayudas del 'Programa Kit Digital' del 'segmento III' por un importe de 2.000 euros, y que no se haya extinguido por renuncia o por cualquier otra causa que diera lugar a ello, podrán solicitar los 1.000 euros adicionales mediante una declaración de conformidad a través de su expediente en la sede electrónica de Red.es.

Tanto si la entidad es nueva solicitante como si ya es beneficiaria y quiere solicitar los 1.000 euros adicionales, el plazo de consumo del bono será de seis meses a contar desde la concesión.

Las ayudas son de concurrencia no competitiva y se otorgarán de forma directa y por orden de llegada, una vez realizadas las comprobaciones del cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria.

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