El próximo 1 de marzo marca una fecha clave para las empresas de criptoactivos en España. Ese día finaliza el plazo transitorio otorgado por la Autoridad Bancaria Europea, durante el cual estas compañías han podido ofrecer servicios de pago con criptoactivos sin la autorización requerida. Entre ellos se incluyen las fichas de dinero electrónico o ‘stablecoins’, que estabilizan su valor en relación a una moneda oficial como el euro.
El Banco de España ha emitido un comunicado recordando a todos los proveedores de criptoactivos que este periodo transitorio concluye en 2026. Este periodo ha permitido a las empresas, hasta ahora, operar sin la autorización oficial bajo la directiva europea PSD2 sobre servicios de pago. Sin embargo, a partir de la fecha señalada, será imprescindible contar con dicha autorización para continuar legalmente con estas operaciones.
El Banco de España, con el objetivo de facilitar la transición, habilitó el pasado 30 de julio un procedimiento específico para que las compañías interesadas puedan obtener esta autorización. Este procedimiento sigue estando disponible y se recomienda que las empresas tomen acción con antelación suficiente al final del periodo transitorio para evitar inconvenientes.
El supervisor aconseja a los interesados contactar con el organismo antes del 1 de marzo de 2026 para iniciar el procedimiento
De esta manera, el Banco de España busca asegurar que todas las empresas del sector cumplan con los requisitos necesarios para operar bajo el marco legal europeo, garantizando la estabilidad y seguridad en el mercado de los criptoactivos y servicios de pago en el país. Las empresas que no obtengan la autorización enfrentan la imposibilidad de continuar ofreciendo sus servicios de manera legal en España.
