falsos autónomos

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana valida una liquidación de más de 6,4 millones de euros tras constatar que 549 consultores trabajaban como falsos autónomos. La sentencia, pionera por el uso de muestreo estadístico, refuerza la capacidad de la Inspección de Trabajo para detectar fraudes laborales. En concreto, el Tribunal ha dictado una sentencia que marca un hito en la lucha contra los falsos autónomos. En su resolución número 356/2025, de 17 de junio, confirma la liquidación de 6.417.614,48 euros impuesta a Engel & Völkers por emplear a 549 consultores como autónomos cuando, en realidad, existía una relación laboral encubierta. Más allá de la sanción económica Por primera vez, un tribunal de este nivel avala de forma expresa el uso de un muestreo estadístico como método probatorio en materia laboral. La Inspección de Trabajo examinó en detalle a una parte del colectivo y extrapoló las conclusiones al resto, al considerar que todos operaban bajo idénticas condiciones. El tribunal ha ratificado la validez de este procedimiento, lo que abre la puerta a investigaciones más ágiles y eficaces en casos donde resulta inviable analizar trabajador por trabajador. El modelo empresarial de Engel & Völkers, similar al de otras compañías inmobiliarias, combinaba una plantilla fija compuesta por directivos, jefes de ventas y personal administrativo con una red comercial de captadores y consultores registrados como autónomos. El tribunal concluye que esa apariencia mercantil no se sostiene. Los consultores actuaban bajo la organización de la empresa, con dependencia jerárquica y sin asumir el riesgo propio de un verdadero autónomo. En la práctica, concurrían todos los elementos que definen una relación laboral. Con esta resolución, la justicia lanza un mensaje inequívoco: no se tolerará el uso de figuras mercantiles para encubrir lo que son, en esencia, contratos de trabajo. La validación del muestreo…
El sindicato CCOO Aragón ha presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo contra Glovo por el presunto uso de empresas interpuestas, lo que podría vulnerar tanto la legislación laboral vigente como los derechos de los repartidores, conocidos como ‘riders’. Esta denuncia surge en el contexto de la ley que garantiza los derechos laborales de los trabajadores de plataformas de entrega, aprobada en 2021, que obliga a estas empresas a adaptar su modelo de contratación a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores. Una investigación previa de la Inspección de Trabajo evidenció el incumplimiento de esta normativa por parte de Glovo, que mantenía un modelo de falsos autónomos. Como consecuencia, la empresa fue sancionada con una multa cercana a 80 millones de euros. Un día antes del plazo establecido, el director ejecutivo de Glovo anunció un supuesto cambio en el modelo laboral de la empresa Sin embargo, un día antes de que se cumpliera el plazo para la corrección de estas irregularidades, Óscar Pierre Miquel, director ejecutivo de Glovo, anunció que los repartidores pasarían a ser contratados como asalariados. Simultáneamente, se constituyó en Zaragoza la empresa Noriega Logistics SL el 22 de septiembre de 2024, con un capital social mínimo de 3.000 euros. Más de dos meses después, se nombró a un socio y administrador únicos, lo que indica la posibilidad de una estructura diseñada para servir de intermediaria en la contratación de los repartidores. Desde la creación de Noriega Logistics, los trabajadores que anteriormente actuaban como falsos autónomos para Glovo han sido contratados a través de esta nueva empresa. No obstante, en la práctica, sus condiciones laborales no han cambiado, ya que continúan realizando las mismas funciones bajo las mismas directrices y utilizando las herramientas de trabajo proporcionadas por Glovo, incluidas la Glovo App, mochilas corporativas y bolsas…
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha realizado una investigación sobre las irregularidades en las relaciones laborales existentes en la empresa Glovo que se ha saldado con la regularización de 11.013 trabajadores de la plataforma, los cuales dejarán de ser falsos autónomos. Una realidad que le costará a la compañía 16,2 millones de euros. Esta cifra se corresponde a las cotizaciones sociales no abonadas por dichos trabajadores, quienes finalmente serán dados de alta en la empresa. En concreto, 9.251 trabajadores  que hasta ahora cotizaban por su cuenta a la Seguridad Social costarán a la empresa 14 millones de euros por el tiempo no cotizado; al tiempo que tendrá que abonar otros 2,2 millones de euros por cuotas sociales de otros 1.762 repartidores de Glovo  que la compañía no consideraba como trabajadores. Para la compañía, los 16,2 millones a abonar son “una deuda estimada, no es cierta”, a la par que han señalado que “las actas de la Seguridad Social no son firmes y recordamos que ningún juez ha dictaminado que los repartidores son empleados”. No obstante, la investigación de Inspección de Trabajo y Seguridad Social es un hecho. Tanto es así que entre 2019 y 2020 ha llevado a cabo inspecciones en 16 provincias españolas que han convertido esta investigación en una de las mayores operaciones de regularización de falsos autónomos hecha por Inspección de Trabajo. Esta medida aterriza un mes después de que el Tribunal Supremo declarase por primera vez que la relación entre Glovo y un repartidor tenía naturaleza laboral y que los riders, como se conoce a los repartidores, son falsos autónomos. Así lo falló el tribunal después de comprobar que la empresa no era una intermediaria en la contratación entre comercios y repartidores, sino que presta “servicios de recadería y mensajería” con condiciones fijadas”.