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La reciente sanción de 64 millones de euros impuesta por el Ministerio de Consumo a Airbnb ha sido recibida con buenos ojos por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y Asufin. Ambas entidades han subrayado la importancia de que las plataformas intermediarias asuman responsabilidades, más allá de solo obtener beneficios. Asufin ha señalado que esta multa representa un «aviso para navegantes». La compañía sancionada, Airbnb, ha manifestado su intención de recurrir la multa, calificándola de «contraria al marco legal español y europeo». En su comunicado, Airbnb destaca su colaboración con el Ministerio de Vivienda desde la implementación de la nueva normativa sobre alquileres de corta duración, vigente desde el pasado 1 de julio. Según Airbnb, "la nueva normativa, que exige que los anuncios indiquen el número de registro, no era aplicable cuando se inició la contienda en 2024". The ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, ha remarcado que esta es la segunda multa más alta impuesta por una autoridad de consumo en España, después de los 108 millones de euros a Ryanair. La OCU considera la sanción una medida en la dirección correcta para controlar el alquiler turístico, pero advierte que no se resolverá el problema del acceso a la vivienda solo con endurecer las regulaciones de alquiler temporal. Las infracciones identificadas por Consumo abarcan un total de 65.122 anuncios en Airbnb, acusados de prácticas comerciales desleales. Las principales violaciones incluyen la publicación de anuncios de alojamientos turísticos sin licencia, el uso de números de licencia falsos o incorrectos, y publicidad engañosa respecto a la naturaleza jurídica de los anfitriones. Esta conducta ha resultado en una infracción grave que asciende a una sanción de 64.055.311 euros, cantidad que Consumo asegura es «seis veces el beneficio ilícito» generado por Airbnb. El Tribunal Superior de Justicia de…
Airbnb ha calificado como «contraria al marco legal español y europeo» la sanción de 64 millones de euros impuesta por el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030. La multa responde a la acusación de anunciar viviendas sin licencia, entre otras prácticas, y se convierte en la segunda más alta registrada tras la sanción de 108 millones de euros a Ryanair. La plataforma ha indicado su intención de recurrir la sanción. En un comunicado, Airbnb ha defendido que ha mantenido colaboración con el Ministerio de Vivienda desde la implementación de la normativa sobre alquileres de corta duración el 1 de julio. Como consecuencia, más de 70.000 anuncios han integrado un número de registro, permitiendo su disponibilidad en la plataforma. La empresa aclara que la obligación de garantizar el número de registro en los anuncios es parte de la nueva normativa, no aplicable cuando inició la controversia en 2024, un año antes de la normativa. La obligación de las plataformas de garantizar que los anuncios muestran el número de registro se incorporó en esta nueva normativa El ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy, ha señalado que Airbnb puede apelar la decisión judicialmente, pero la multa es firma y procedente. Por su parte, Airbnb insiste en que, según la Ley de Servicios Digitales, no tiene obligaciones de supervisión sobre los anuncios. La multa a Airbnb deriva de infracciones de normativas de consumo identificadas en 65.122 anuncios. Estas infracciones incluyen prácticas comerciales desleales y publicidad de alojamientos sin licencia, contraviniendo normativas autonómicas que exigen número de registro en la publicidad. Además, se encontraron anuncios con números de licencia falsos o inexactos, junto a falta de información veraz sobre la naturaleza legal de los anfitriones, lo que se categoriza como publicidad engañosa. La sanción de 64.055.311 euros responde a una infracción grave y…
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sancionado con 5 millones de euros a Twitter, actualmente denominada ‘X’, por una infracción continuada clasificada como muy grave. Esta actuación se debe al incumplimiento de sus deberes de colaboración respecto a anuncios de «chiringuitos financieros», según se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El organismo supervisor comunicó que Twitter no verificó si Quantum AI, entidad pública en anuncios, contaba con autorización de la CNMV ni si figuraba en la lista de entidades advertidas por operar sin licencia. Esta verificación es fundamental para proteger a los inversores de posibles fraudes difundidos en plataformas digitales. A pesar del requerimiento formal enviado por la CNMV el 8 de noviembre de 2023, la empresa no cumplió con este deber. Con anterioridad, la CNMV decidió a finales de 2024 abrir un expediente sancionador a Twitter, ya que posiblemente no cumplió con sus obligaciones en anuncios publicados en su plataforma por entidades como Quantum AI. La falta se enmarca dentro del contexto del creciente impacto del fraude financiero en la sociedad. Durante el mes de diciembre de 2023, el supervisor bursátil determinó que se podría estar cometiendo una infracción muy grave al no comprobar si la empresa mencionada tenía autorización para prestar servicios de inversión. El presidente de la CNMV, Rodrigo Buenaventura, señaló que el supervisor estaba investigando a ‘X’ por permitir publicidad de empresas no autorizadas En el mes de noviembre de 2023, la CNMV alertó sobre la publicidad de Quantum AI que circulaba en ‘X’, asociada indebidamente utilizando la imagen de personajes públicos como Antonio Resines. En diciembre, el organismo advirtió que utilizaría «todas las posibilidades de supervisión y sanción» según la legislación vigente. La sanción impuesta a ‘X’ por la CNMV se sitúa como la séptima más elevada en su historial.…
Alquiler Seguro ha recibido una propuesta de sanción del Ministerio de Consumo que asciende a 3,6 millones de euros. La empresa ha comunicado que presentará alegaciones en defensa de la legalidad de sus servicios, rechazando las acusaciones de prácticas abusivas en la gestión del alquiler. Según Alquiler Seguro, los servicios que presta, incluidos los gastos de gestión y formalización del contrato, son completamente transparentes y solo afectan al arrendador. El Ministerio de Consumo, que ha destacado ciertas irregularidades en servicios al inquilino y cobros indebidos, espera que el secretario general de Consumo y Juego, Andrés Barragán, valore la propuesta de sanción en los próximos meses. Entre las acusaciones, se menciona la imposición de un servicio de atención al inquilino, la obligación de contratar un seguro de hogar y la limitación del derecho de desistimiento en el contrato. Alquiler Seguro considera la propuesta de sanción como «abusiva y desproporcionada». La empresa insiste en que hará valer la legalidad de sus acciones durante las alegaciones y asegura que tres sentencias judiciales han validado ya sus prácticas empresariales. Recientemente, Alquiler Seguro ha recibido una nueva resolución judicial favorable, reafirmando que los servicios que ofrece son voluntarios y beneficiosos para los clientes. Esta resolución se suma a otras dos sentencias previas que dan la razón a la empresa. El Juzgado de 1ª Instancia nº 104 de Madrid desestimó una demanda contra Alquiler Seguro, subrayando que el servicio de atención al inquilino es voluntario y útil El tribunal también aclaró que el servicio, lejos de ser una imposición, incluía prestaciones de valor para los inquilinos durante la vigencia del contrato. En un fallo demoledor, el juzgado señaló que la relación contractual se desarrolló conforme a los términos pactados, y se desestimó la devolución del precio pagado por el servicio.
Fernando Romero, fundador y expresidente de Energía, Innovación y Desarrollo Fotovoltaico (EIDF), ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo en respuesta a la sanción de dos millones de euros impuesta por la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Según confirmó el despacho jurídico Navas & Cusí, encargado de su defensa, la Audiencia Nacional se encuentra aún en el proceso de remisión del expediente relacionado. El 9 de agosto de 2024, Fernando Romero y su empresa Prosol presentaron una reclamación patrimonial contra la CNMV, alegando una gestión «irresponsable» por parte del regulador en la suspensión de la cotización de EIDF. Romero declaró que «la celeridad de la CNMV para sancionar contrasta con su lentitud para afrontar reclamaciones», destacando que están decididos a defender su posición. Juan Ignacio Navas, socio-director de Navas & Cusí, manifestó que el derecho administrativo también debe garantizar unas garantías . En su opinión, en este caso se han vulnerado, afectando gravemente a los accionistas. Así, exigen la reparación del supuesto daño patrimonial causado. Detalles de las sanciones impuestas Según el Boletín Oficial del Estado (BOE), las multas por prácticas de manipulación de mercado cometidas en 2022 ascienden a un total de 6,4 millones de euros. Junto a Fernando Romero, sancionado con dos millones de euros, se suman las multas de 1,5 millones de euros para Liquidaciones Vizcaya y Albujón Solar 81. Otros involucrados como Óscar Antonio Romero, Arkaitz Lozano Hurtado y Enrique Noya Santos recibieron sanciones de 1 millón, 300.000 y 100.000 euros, respectivamente. La CNMV determinó que estas acciones constituyeron una infracción «muy grave» conforme al artículo 282.15 de la Ley del Mercado de Valores y a la normativa europea sobre abuso de mercado. Estas sanciones, actualmente firmes en vía administrativa, pueden ser revisadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. En octubre del…
El Banco de España ha impuesto una importante sanción económica a Astur de Hipotecas y a sus administradores, Víctor Manuel Riesco y María de los Ángeles González, debido a prácticas financieras irregulares. La institución financiera ha sido multada con 880.000 euros por captar fondos reembolsables del público sin la debida autorización. Según el comunicado del Banco de España, tanto la sociedad Astur de Hipotecas como sus administradores han cometido una infracción calificada como «muy grave». Esta infracción se debe a su actividad de captación de fondos, una práctica exclusiva para entidades de crédito, sin poseer la autorización necesaria. El supervisor ha estipulado una multa de 800.000 euros para la sociedad y una amonestación pública que será publicada en el Boletín Oficial del Estado Los administradores, Víctor Manuel Riesco y María de los Ángeles González, también enfrentarán sanciones. Ambos recibirán una multa de 40.000 euros cada uno. Además de la multa económica, se les ha impuesto una inhabilitación de tres años para ejercer cargos de administración o dirección en cualquier entidad financiera. El comunicado del Banco de España subraya la gravedad del asunto y su resolución el 25 de noviembre de 2024. Estas sanciones son firmes en vía administrativa, lo que refuerza la determinación de esta institución para mantener la integridad y transparencia del sistema financiero nacional.
El consejero de Industria, Transición Energética y Sostenibilidad, Mikel Jauregi, ha revelado nuevos detalles sobre la operación de Talgo, destacando la necesidad de reafirmar los fondos propios, como ha sido exigido por la banca, para culminar la refinanciación del consorcio vasco liderado por Sidenor. En una reciente entrevista al Diario El Correo, recogida por Europa Press, Jauregi explicó el proyecto para que dicho consorcio entre en Talgo, enfatizando la necesidad de alcanzar un preacuerdo con el accionista de referencia en relación al precio y condiciones para el cambio accionarial. Jauregi resaltó que uno de los elementos clave es comprender el impacto de la sanción de Renfe, afirmando que «116 millones es mucho dinero para una empresa que en su día valió 600». Luego de evaluar esto, la atención se centra en estructurar la refinanciación, cumpliendo con las demandas bancarias. Una vez comprendido esto, la cuestión ahora es cómo se arma la refinanciación. Estamos en esta tercera fase, la de escuchar las exigencias de los bancos y dar respuestas Respecto a si existe una exigencia para la entrada de SEPI, Jauregi confirmó que la petición principal es fortalecer los fondos propios, una tarea para la cual existen «muchas figuras». En cuanto a la intervención del Gobierno vasco en empresas como Ohmnia Electronics e Innometal, Jauregi destacó que no pueden asumir todos los costos impuestos por los fondos de inversión, señalando que, a pesar de las expectativas de negocio, se deben identificar cuáles compañías son estratégicas para llegar a acuerdos favorables. Sobre otras empresas, como ITP Aero, destacó que el Gobierno vasco mantendrá su participación actual. El accionista mayoritario, Bain, planifica seguir durante al menos cinco años más, con intenciones de expandir la cadena de suministro dentro del marco del nuevo Plan Industrial. No hay enchufes para las empresas, por la falta…
La Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por Deloitte y su socio auditor, Francisco Celma, contra una sanción de 10,4 millones de euros impuesta en 2014 por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas (ICAC). Esta sanción se relacionaba con la auditoría de Bankia en 2011 para su salida a Bolsa. Decisión del tribunal sobre la sanción La Sala de lo Contencioso ha concluido que la primera sanción, que supuso una multa de 5,6 millones de euros a Deloitte y de 24.000 euros al socio auditor, se debe anular. Según la sentencia, no se sobrepasaron los límites establecidos en la legislación vigente en los servicios de auditoría y no auditoría realizados durante el proceso de salida a Bolsa de Bankia. Los trabajos solicitados por la CNMV y el Banco de España no comportaron servicios prohibidos, dada su finalidad y contenido limitado El tribunal también ha anulado otras dos sanciones impuestas por infracciones graves, que en total ascendieron a 4,7 millones de euros para Deloitte. La decisión se basa en la sentencia del Supremo que absolvió a los acusados del delito de falsedad, destacando que todo el proceso de segregación estuvo bajo la supervisión del Banco de España y la CNMV. Supervisión de los reguladores y valoración del proceso La Audiencia Nacional ha subrayado la importancia de la supervisión continua realizada por el Banco de España, señalando que las cajas de las cuales surgió Bankia fueron inspeccionadas exhaustivamente. Sin pasar por alto la complejidad y extensión de los procesos en un escenario de crisis prolongada, estos contaron con la supervisión y beneplácito de los reguladores Finalmente, el tribunal ha decidido no imponer el pago de las costas a ninguna de las partes, considerando la complejidad de los procesos. Esta conclusión tiene en cuenta no solo el procedimiento prejudicial previo…
El Consejo de Información Financiera (FRC, por sus siglas en inglés) del Reino Unido ha decidido imponer una sanción de 4,8 millones de libras (equivalente a 4,2 millones de euros) a la firma de auditoría Ernst & Young. Esta medida se deriva de los errores cometidos en las auditorías realizadas a Thomas Cook durante los ejercicios de 2017 y 2018, años previos a la quiebra de la compañía en 2019. Junto a esta multa, EY ha recibido una «severa reprimenda» pública, junto con la notificación de que sus informes de auditoría de esos años no han cumplido con los requisitos necesarios. Además, se ha emitido una orden para que la firma implemente medidas correctivas para evitar futuras infracciones. El socio de Ernst & Young, Richard Wilson, también ha sido sancionado con una multa de 105.000 libras esterlinas (92.450 euros) y la obligación de proporcionar las mismas declaraciones que su empresa. Estas sanciones han sido dictadas considerando la gravedad de las infracciones y la situación financiera del auditor, evaluada a través del volumen de negocio de la firma. Ambas partes admitieron incumplimientos «graves» en áreas críticas como el deterioro del fondo de comercio y el principio contable ‘going concern’ El saldo del fondo de comercio de Thomas Cook era considerable, alcanzando 2.600 millones de libras (aproximadamente el 40% de los activos totales de la compañía). Durante los ejercicios auditados, el FRC destacó que Ernst & Young y su socio no abordaron adecuadamente este aspecto, manifestando que faltó «suficiente escepticismo profesional» al evaluar las suposiciones y estimaciones presentadas por la empresa. En relación al principio contable ‘going concern’, que determina si una empresa puede seguir operando en el futuro cercano, el FRC criticó la falta de cuestionamiento por parte de los auditores hacia la dirección sobre aspectos cruciales como la liquidez y…
La Audiencia Nacional ha desestimado el recurso interpuesto por Sacyr contra el reinicio de una resolución sancionadora que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) había iniciado a la empresa. Esta resolución se relaciona con la participación de Sacyr en un cártel que involucró a las principales constructoras españolas durante un periodo de 25 años. La sentencia, consultada por Europa Press, trata solamente sobre el procedimiento y no aborda el fondo del asunto, que implica una multa de 16,7 millones de euros. Este expediente ha estado en marcha durante casi 7 años, comenzando con la primera incoación en 2018, que caducó y se archivó en 2020. Posteriormente, se reabrió un nuevo expediente que resultó en una sanción conjunta de 203,6 millones de euros para todas las empresas implicadas. La sentencia, emitida el pasado 3 de marzo, rechaza el recurso de Sacyr, que cuestionaba el procedimiento de declaración de caducidad del primer expediente y la apertura del segundo, desestimando el primero e inadmitiendo el segundo. La empresa argumentó que la declaración de caducidad era nula de pleno derecho, alegando «abuso de derecho» y falta de diligencia por parte de la CNMC. Aunque Sacyr ha optado por no hacer comentarios, la CNMC ha indicado que quedan pendientes los recursos sobre la resolución sancionadora de los 16,7 millones de euros. No es solo Sacyr la que enfrenta sanciones; la CNMC también multó a otras constructoras: Acciona con 29,4 millones, Dragados con 57,1 millones, FCC con 40,4 millones, Ferrovial con 38,5 millones y OHLA con 21,5 millones. Todas estas compañías han presentado sus respectivos recursos. En un proceso judicial paralelo, la Audiencia Nacional ya aprobó la suspensión cautelar de todas las sanciones y de la prohibición para contratar con la administración pública. Esta suspensión está condicionada a que las empresas presenten…