“Al Estado hay que exigirle calidad, neutralidad y el ritmo que la Nación exige. Lo contrario es incumplimiento”
El Estado es una superestructura de gestión y de representación de la Nación. El Estado es siempre instrumental, orientado a objetivos de libertad, justicia y seguridad, y la Nación soberana, es sustantiva.
Nación soberana y Estado prestador, éste es el esquema demasiadas veces invertido (Estado soberano y Nación sometida). Al Estado hay que exigirle calidad, neutralidad y el ritmo que la Nación exige. Lo contrario es incumplimiento.
Siendo impensable hoy cualquier reforma constitucional, cabrían soluciones legales de mejora, siempre que de la próxima legislatura surgiera una mayoría absoluta nueva. Empiezo por el poder ejecutivo. En otro comentario me referiré a los poderes legislativo y judicial.
El poder ejecutivo lo constituyen dos ámbitos de distinta consideración. La dirección política (ministros y secretarios de Estado), que tiene mal arreglo, y el ámbito de los empleados públicos que, por desmesurado (paro encubierto) y desincentivado que sea, es mejorable, lo que atenuaría el impacto del capricho imponiendo la técnica y el derecho.
Propongo dos reformas previas: a) garantizar la radical independencia de los Altos Organismos de Estado, sin tocar la Constitución, y b) crear una Escuela de Altos Estudios de la Administración.
Los Altos Organismos del Estado estarían constituidos, exclusivamente, por funcionarios de alta cualificación (letrados de Cortes y del Consejo de Estado, inspectores de Hacienda, interventores, auditores, ingenieros, economistas y abogados del Estado y catedráticos de disciplinas congruentes con la función) que se incorporarían por concurso oposición y cuyos órganos de dirección se elegirían internamente por periodos quinquenales. Aportarían independencia y calidad, actuando como contrapoder de la dirección política en sus funciones consultiva, interventora e inspectora.
De originarse daños por desatención de los criterios aportados, surgiría la responsabilidad patrimonial y/o penal de la dirección política.
Serían Altos Organismos del Estado los siguientes: Consejo de Estado; Tribunal de Cuentas -además, con secciones específicas, controlaría la liquidación de los conciertos económicos y el buen fin de los fondos europeos-; Intervención General del Estado -con unidad de criterio y jerarquía actuaría sobre todas las empresas y administraciones públicas (central, autonómicas y locales)-; Agencia Estatal de la Administración Tributaria -además, tendría la función de concertar el cupo de los conciertos económicos-.
Abogacía del Estado; Entidades y Comisiones Nacionales con responsabilidades administrativas -en las que se incluyen el Banco de España, la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, la Comisión Nacional del Mercado de Valores, la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia así como el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno-; Alta Inspección de Educación del Estado; Instituto de España (reales academias) -a las que se otorgaría el carácter de entidades consultivas del Estado-.
Comisión de Entes Públicos sometidos a Derecho Privado (fundaciones, empresas, y demás organismos públicos) -tendría la función de controlar la actividad y funcionamiento de estas entidades, evaluar su viabilidad proponiendo su mantenimiento, disolución o privatización, en evitación del despilfarro y de la huida del poder político al derecho privado-.
A las administraciones de los tres niveles habría que dotarles de calidad y neutralidad, bajo los siguientes criterios:
1º.- Acceso por oposición. Prohibición de interinos que superen la anualidad. Responsabilidad penal de la autoridad que mantiene la interinidad sin establecer la oposición. Si no hay presupuesto, no hay plaza, y, si la hay, acceso por oposición.
2º.- Creación de la Escuela de Altos Estudios de la Administración Pública, con cuatro secciones (jurídica-administrativa, económica, sanitaria y de ingeniería y construcción), destinada a la formación de la cabecera de los tres niveles de la Administración. Estos diplomados accederían de manera exclusiva a las subsecretarías, direcciones y subdirecciones generales y a las secretarías técnicas de las administraciones central, autonómicas y asimiladas de las locales.
Bajo la dirección de estos dos pilares, se establecería un control de calidad y neutralidad suficiente para, junto con una potente informatización, acometer la definitiva reforma (plantillas-objetivo, nuevos procedimientos administrativos, etc.) para que las Administraciones Públicas se conviertan en coadyuvantes de la actividad de la Nación.