Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.

justicia

Los motivos por los que Bruselas acusa a Apple de abuso de posición dominante

La Comisión Europea ha mandado una advertencia a la compañía de la manzana por sus limitaciones a NFC en Apple Pay La Comisión Europea ha enviado este lunes a la Apple un pliegue de cargos en el que acusa formalmente a la compañía estadounidense de abuso de posición dominante por limitar a la tecnología inalámbrica NFC las posibilidades para el pago sin contacto 'Tap to Pay', lo que en la práctica supone restringir la competencia para favorecer a su servicio de pago Apple Pay. "Nos preocupa que Apple haya alterado de manera ilegal la competencia", ha dicho la vicepresidenta del Ejecutivo comunitaria responsable de Competencia, Margrethe Vestager, al explicar la opinión de Bruselas tras la investigación preliminar que inició en junio de 2020. El sistema de pago 'Tap to Pay' es un servicio con el que los usuarios pueden usar un iPhone como terminal de pago en sus negocios, de modo que los clientes puedan utilizar su iPhone para pagar únicamente acercando el dispositivo móvil. Apple defiende la necesidad de estas restricciones por razones de seguridad respecto al acceso de datos de los usuarios, pero Vestager ha avisado de que la Comisión Europea "se toma la seguridad muy en serio" pero en su investigación preliminar no ha encontrado "ninguna prueba que apunte tal riesgo". Vestager acusa a Apple de "ecosistema cerrado" En una rueda de prensa para explicar los detalles del procedimiento, Vestager ha acusado a la compañía de crear un "ecosistema cerrado" para su sistema operativo iOS, del que "controla sus puertas fijando las reglas del juego" para cualquier otro competidor que intente llegar a los usuarios de dispositivo Apple. La política danesa ha insistido en las pruebas de las restricciones de acceso a terceros a la tecnología necesaria para desarrollar soluciones de carteras móviles alternativas en los aparatos…
Los gobiernos húngaro y polaco acudieron a la Justicia europea para pedir la anulación de este reglamento, que ha sido rechazada por el TUE El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha avalado este miércoles el nuevo mecanismo que condiciona el desembolso de fondos europeos al respeto del Estado de derecho, un mecanismo que Budapest y Varsovia recurrieron ante la Justicia europea para intentar su anulación, según informa Europa Press. En dos sentencias, la Gran Sala del Tribunal europea considera que el mecanismo ha sido adoptado sobre una base jurídica adecuada, es conforme con otros procedimientos existentes en los Tratados y respeta, en particular, los límites de las competencias atribuidas a la Unión y el principio de seguridad jurídica. Hungría y Polonia Los gobiernos húngaro y polaco acudieron a la Justicia europea para pedir la anulación de este reglamento al considerar que carece de base jurídica y que colisiona con otros instrumentos que ya existen en los Tratados de la UE para actuar ante riesgos graves para el Estado de derecho, como el artículo 7 que permitiría en última instancia suspender el derecho a voto de un Estado miembro incumplidor. Aplicable desde el pasado 1 de enero, el reglamento fue aprobado con el rechazo de estos dos gobiernos, que bloquearon la adopción del presupuesto europeo y del plan anticrisis de 800.000 millones de euros durante varias semanas para tratar de tumbar esta condicionalidad, que consideran arbitraria y carente de base jurídica.
La Audiencia Nacional ve "indicios" de que la iniciativa de contratar al comisario pudo partir de Brufau y Fainé estuvo "de acuerdo" La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha corregido al juez instructor y ha vuelto a imputar a Repsol y CaixaBank, así como al presidente de la primera, Antonio Brufau, y el ex presidente de la segunda, Isidro Fainé, por la contratación por parte de ambas empresas del comisario José Manuel Villarejo para, presuntamente, espiar al entonces jefe de Sacyr, Luis del Rivero. Así se recoge en un auto de este mismo lunes, en el que la Sección Tercera asegura que la investigación practicada hasta la fecha revela la existencia de indicios de conductas delictivas calificables como cohecho y descubrimiento y revelación de secretos. En concreto, el encargo elaborado por CENYT, el grupo de Villarejo, se habría llevado a cabo "a cambio de un precio que fue abonado por las empresas comitentes" y "que incluyeron el acceso a datos sobre el tráfico de llamadas telefónicas y otras comunicaciones". La Sala estima de esta forma los recursos que presentaron la Fiscalía Anticorrupción, el empresario Luis del Rivero y Podemos contra el auto del juez instructor, Manuel García-Castellón, del pasado 29 de julio, en el que acordó el sobreseimiento provisional para los mencionados. Todo ello en el marco de la pieza separada 21 de la macrocausa 'Tándem', en la que el magistrado investiga la contratación en 2011 por parte de ambas mercantiles a CENYT con el presunto objetivo de que espiara a Del Rivero para impedir que se hiciera con el control de Repsol --de la que CaixaBank es uno de los principales accionistas-- a través de su alianza con la empresa mexicana Pemex. Indicios de que 'la iniciativa partió de Brufau' En lo relativo a Brufau, el…
El Ejecutivo ha cifrado en 1.021 millones de euros el rescate de ocho de esas nueve autopistas El Tribunal Supremo ha estimado parcialmente los recursos presentados por todas las empresas concesionarias de las nueve autopistas que quebraron en la crisis financiera de 2008, fallando en contra del cálculo que ha hecho el Gobierno de su rescate, por lo que este coste seguirá aumentando. Actualmente, el Ejecutivo ha cifrado en 1.021 millones de euros el rescate de ocho de esas nueve autopistas, importe resultante de restar al coste de las obras y de las expropiaciones las inversiones que todavía requiere la infraestructura, las indemnizaciones pagadas por expropiaciones y los importes necesarios para que la Administración se haga cargo de futuros pagos. Sin embargo, según las últimas sentencias consultadas por Europa Press, algunas de las fórmulas utilizadas por el Gobierno para calcular ese coste han sido anuladas después de que el Supremo así lo haya decidido al considerar que no eran procedentes. Por ejemplo, no se podrá minorar del importe a pagar a las empresas el 25% abonado por la Administración a los expropiados o se estimará como inicio de la amortización el día en que la vía se puso en servicio o en el que se inició el cobro de peajes. También se tendrá en cuenta que las inversiones realizadas por el Estado para poner a punto las carreteras rescatadas nunca harán alusión al estado en el que estaban cuando se abrieron, sino en el que se encontraban cuando se procedió a su liquidación. Las autopistas afectadas En total, se trata de nueve sentencias que estiman parcialmente las pretensiones de las empresas, siete de ellas como respuesta a los recursos presentados por las siete concesionarias de las nueve carreteras, otro presentado directamente por Sacyr, ACS e Iberpistas (Abertis) y otro de…
Supervivientes y familiares de las 154 personas a bordo del avión de Spanair interpusieron demandas por los daños sufridos y Mapfre era la aseguradora de la aeronave. Ahora, 14 años después, el Tribunal Supremo ha dado la razón a los afectados El Tribunal Supremo ha condenado a Mapfre a pagar 3,8 millones de euros a 40 familiares de víctimas del accidente de Spanair ocurrido el 20 de agosto de 2008 en el aeropuerto de Madrid-Barajas. En el accidente fallecieron 154 personas y 18 resultaron heridas. Varios supervivientes del accidente y familiares de las víctimas interpusieron una demanda contra la compañía, que cubría la responsabilidad civil del avión siniestrado. En 2018 la Audiencia Provincial de Madrid estableció una serie de indemnizaciones que los familiares estimaron que no eran acordes con la ley, por lo que acudieron al Supremo que, después de tres años, les ha dado la razón en este punto. El fallo del Supremo declara a la aseguradora responsable civil de los daños y perjuicios causados por el accidente. Asimismo, el texto de la sentencia recoge que "sin perjuicio de otras posibles concausas, el accidente se produjo como consecuencia de la inadecuada configuración de la aeronave para realizar esa maniobra, imputable al piloto y copiloto de la misma". La responsabilidad civil del transportista aéreo por daños que pudieran sufrir los pasajeros de la aeronave siniestrada estaba asegurada por Mapfre en una póliza que cubría también los daños sufridos por el avión y la responsabilidad frente a terceros. El TS cree que no es justificable el recurso de Mapfre por el caso Spanair El Supremo considera que no puede hacerse una diferenciación entre daño moral y daños corporales como la que pretenden en este motivo del recurso, de modo que constituyan dos conceptos indemnizables diferentes. Así, explica que los daños corporales…
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha avalado este miércoles las ayudas fiscales por valor de 250 millones de euros que la multinacional estadounidense Amazon recibió de manos de Luxemburgo y que la Comisión Europea había declarado ilegales. En su sentencia, la Justicia europea considera inexistente la ventaja selectiva que interpretó Bruselas cuando en su decisión contra del 'tax ruling' diseñado por Luxemburgo para Amazon, al concluir que los servicios comunitarios no demostraron de manera suficiente que hubiera habido una reducción indebida de la carga fiscal de una de las filiales europeas de la compañía de Jeff Bezos. Tanto Amazon como Luxemburgo recurrieron la decisión del Ejecutivo comunitario que implicaba la recuperación por parte de las autoridades del país de hasta 250 millones de euros recibidos por la compañía en forma de ventajas fiscales. En otra sentencia dictada este mismo miércoles, por el contrario, el Tribunal europeo sí considera probado que Luxemburgo ofreció un trato fiscal ventajoso e incompatible con las reglas del mercado común a la compañía energética francesa Engie y confirma la decisión de Bruselas que obliga a esta empresa a devolver 120 millones de euros.
El Alto Tribunal germano da un paso al frente para que el dinero de los fondos europeos comience a repartirse entre los países comunitarios. El Tribunal Constitucional de Alemania ha despejado el camino para la ratificación y el posterior desembolso del fondo de recuperación europeo de casi 800.000 millones de euros con el que la UE quiere impulsar su economía tras la pandemia tras desestimar el recurso presentado por un grupo de ciudadanos alemanes. El Alto Tribunal considera que las consecuencias del bloqueo preliminar serían más graves si posteriormente fuese declarado constitucional que en caso de seguir adelante y finalmente determinarse su inconstitucionalidad. Dado que, por tanto, el resultado del procedimiento principal no puede determinarse en un examen sumario, el Tribunal Constitucional Federal debe, en principio, basar su decisión en una ponderación de consecuencias, por lo que el Alto Tribunal germano ha considerado que "en el presente caso, la ponderación no da lugar a una decisión a favor de las demandantes". En su exposición, el Constitucional reconoce que la denuncia interpuesta contra la ratificación alemana "no es inadmisible desde el principio ni claramente infundada", ya que considera que los demandantes han demostrado que al menos es posible que pueda vulnerar la norma constitucional, pero sostiene que "sobre la base de un examen sumario, no parece muy probable que la Corte encuentre una infracción en el procedimiento principal". Por tanto, dado que la decisión en el presente procedimiento judicial preliminar debe basarse en una ponderación de consecuencias, el Constitucional ha anunciado que el resultado no favorece a los demandantes al tener cuenta que las consecuencias que se producirían al no imponer las medidas cautelares solicitadas de la ratificación y posteriormente declararse inconstitucional "son menos graves" que las consecuencias que se producirían si se diera efectivamente la orden preliminar, pero las denuncias…
2021 es un año incierto en muchas materias. También en justicia, donde la adaptación a los nuevos tiempos ha llegado a trompicones. Pero, ¿impide eso el correcto funcionamiento de sistema? ¿Qué tipo de casos son los que más preocupan a la jurisprudencia nacional? ¿Qué mecanismos existen para luchar contra situaciones que ha implantado la llamada ‘nueva normalidad’? Victoria Ortega, presidenta del Consejo General de la Abogacía Española, tiene las respuestas. En 2016 fue elegida la primera presidenta del Consejo General de la Abogacía Española. La institución se creó en 1943. Ya era hora… Ya era hora, sí. Sobre todo, teniendo en cuenta el número de mujeres que somos en la abogacía. Fui la primera y la aspiración es no ser la última. Aunque, por otro lado, también quiero que llegue el momento en el que todo esto se vea con normalidad y no llame la atención ni hablemos de ello, pero la realidad efectivamente es diferente. ¿Qué tipo de medidas de igualdad en el ámbito de la abogacía desarrollan desde el Consejo General de la Abogacía Española? Estamos trabajando muchísimo en el ámbito de la igualdad. Lo primero que hicimos fue realizar una serie de barómetros para valorar cuál era la situación y comprobamos que la falta de igualdad era una total realidad, al igual que certificamos que la desigualdad la siente quien la padece. Las compañeras la percibían en todos los ámbitos del ejercicio: desde la retribución hasta el reclutamiento. Por eso configuramos unos planes de igualdad que venimos aplicando en el personal contratado en el Consejo General de la Abogacía y en los colegios, así como entre compañeros y compañeras en las instituciones. También hemos organizado cursos de formación y hemos tratado de sensibilizar a la población con diversos actos públicos. Este año, además, daremos el primer Premio…
El Tribunal General de Justicia de la Unión Europea ha dado este miércoles su aval a ayudas públicas de Francia y Suecia previstas para mitigar el impacto económico de la crisis generada por el coronavirus en aerolíneas con licencia para operar en estos Estados miembro. Esta decisión se toma tras rechazar dos recursos interpuestos por la compañía de bajo coste Ryanair que consideró estos planes de apoyo discriminatorios. Con estas dos sentencias, la Justicia europea se pronuncia por primera vez sobre los regímenes de ayudas públicas a los que han recurrido varios Estados miembro para apoyar al sector aéreo, uno de los más golpeados por la pandemia, y que han recibido luz verde de la Comisión Europea, que valoró las circunstancias excepcionales de esta crisis. Francia notificó en marzo del pasado año al Ejecutivo comunitario una moratoria en el pago de tasas a las aerolíneas con licencia gala. Bruselas concluyó que dicho régimen era "idóneo" para reparar los perjuicios económicos provocados por la pandemia y no constituía discriminación. En el caso de los apoyos del Gobierno sueco recurridos por Ryanair, se trataba de garantías de préstamos a las aerolíneas que Bruselas consideró un plan en interés de la Unión. Aunque estas dos sentencias son las primeras que pronuncia Luxemburgo sobre las ayudas públicas de los Estados miembro a las aerolíneas de bandera europeas no será las últimas, ya que tiene cerca de otra decena de casos pendientes de resolución, entre ellos recurso de Ryanair contra los subsidios a la española Air Europa y a la holandesa KLM.
El Departamento de Comercio de Estados Unidos ha anunciado este jueves que dará marcha atrás en su intención inicial de cerrar la red social TikTok, de propiedad china, a propuesta de Donald Trump, cumpliendo así con una decisión judicial después de una demanda presentada por tres personas influyentes de esta plataforma. A la espera de conocer cuál será la decisión de la Administración del presidente electo, Joe Biden, al respecto, este intento por cerrar TikTok formó parte de una cruzada del todavía inquilino de la Casa Blanca, Donald Trump, para que fuera comprada por empresas estadounidenses. El pasado mes de agosto, Trump justificó esta medida asegurando que se trataba de una cuestión de seguridad nacional, pues existía una supuesta red de espionaje llevada a cabo por el Gobierno de Pekín a través de esta popular red social, que sólo en Estados Unidos cuenta con unos 50 millones de usuarios. El presidente Trump aseguró que la única forma de que la red social de vídeos cortos pudiera permanecer en el país era dejándose por comprar por algunas de las empresas estadounidenses, en caso contrario sería cerrada a partir del 20 de septiembre, aunque la Casa Blanca prorrogó hasta este jueves 12 de noviembre esa fecha a la espera de que encontrase un comprador. Sin embargo, el Departamento de Comercio ha explicado que este aplazamiento responde al fallo de la jueza de un tribunal federal de Filadelfia, Wendy Beetlestone, tras una demanda presentada por tres importantes figuras de esta red social, el humorista Douglas Marland, la gurú de la moda Cosette Rinab y el músico Alex Chambers, informa el diario 'Wall Street Journal'. Esta semana, ByteDance, la compañía china propietaria de TikTok, presentó una reclamación ante el Tribunal de Apelaciones del distrito de Columbia para obtener una prórroga de 30 días sobre…