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Los autónomos afectados por los incendios podrán pedir el cese de actividad sin fuerza mayor

El Consejo de Ministros aprueba un decreto-ley para apoyo extraordinario a empresas y autónomos afectados por incendios, con exenciones y ayudas

Los autónomos afectados por los incendios podrán pedir el cese de actividad sin fuerza mayor
Por Redacción Capital

El Consejo de Ministros ha dado luz verde a un nuevo Real Decreto-ley que introduce medidas extraordinarias en materia de Seguridad Social con el objetivo de apoyar a empresas y trabajadores damnificados por los incendios ocurridos este verano. Entre las disposiciones, destaca la facilitación del cese de actividad para los autónomos y la exención total de cuotas a la Seguridad Social para empresas en ERTE.

La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Sáiz, explicó que estas acciones buscan ofrecer una respuesta "extraordinaria" y "urgente" a las dificultades enfrentadas por los afectados, permitiéndoles afrontar las consecuencias inmediatas de la emergencia. Las iniciativas de este decreto están destinadas a trabajadores y empresas en municipios golpeados por incendios que derivan en medidas de protección civil como evacuaciones y confinamientos, y tendrán vigencia hasta el fin de la campaña anual de alto riesgo de incendios forestales de 2026.

Cese de actividad sin acreditar fuerza mayor

Los autónomos que vean afectada su actividad, de manera parcial o total, podrán acogerse al cese de actividad sin necesidad de demostrar fuerza mayor. Esto abarca a trabajadores bajo el Régimen Especial de la Seguridad Social para Autónomos, Trabajadores del Mar, y el Sistema Especial para Trabajadores Agrarios por Cuenta Propia. La prestación será gestionada provisionalmente por mutuas colaboradoras o el Instituto Social de la Marina, activándose a partir del 22 de julio de 2026 o desde la fecha de cese, sin consumir periodos máximos de percepción ni exigir declaraciones iniciales de imposibilidad de actividad.

Esta ayuda, que podrá prolongarse hasta cuatro meses, mantendrá las bonificaciones previas a los beneficiarios e impide su embargo. Adicionalmente, las empresas situadas en los municipios afectados y sometidas a un ERTE por limitación de su operativa normal podrán disfrutar de la exoneración del 100% de las cuotas a la Seguridad Social entre agosto y noviembre de 2026.

Decreto para proteger a los trabajadores

El decreto también articula una prestación extraordinaria, gestionada por el SEPE, dirigida a trabajadores por cuenta ajena impedidos de trabajar debido a situaciones vinculadas a los incendios, como evacuaciones o tareas de limpieza en sus domicilios. Esta ayuda no requiere un mínimo de cotización, se calculará sobre el 70% de la base reguladora y se ofrecerá hasta por cuatro meses.

Las nuevas medidas refuerzan la protección de los derechos laborales, sancionando cualquier represalia empresarial y extendiendo permisos por causas como fallecimientos relacionados con incendios

Estas disposiciones estarán operativas desde el 23 de julio de 2026, extendiéndose hasta el final del periodo crítico de incendios. Además, se prevén beneficios aplicables al personal de las Administraciones Públicas, justificando ausencias por motivos relacionados con las emergencias.

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