El Tribunal Supremo ha desestimado los recursos presentados por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme) contra el Real Decreto que facilita la inclusión de Conpymes, Pimec y la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad en el Consejo Estatal de la Pequeña y Mediana Empresa y en el Observatorio Estatal de la Morosidad Privada.
En las sentencias emitidas en mayo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo reafirmó la validez del decreto, argumentando que ambos órganos son de carácter consultivo y no decisorio. Así, el Tribunal considera razonable articular una composición que incorpore una pluralidad de interlocutores, incluyendo tanto a las grandes organizaciones empresariales como a las que representan específicamente a las pequeñas y medianas empresas afectadas por la morosidad.
La participación en estos órganos debe atender a criterios de idoneidad, necesidad y proporcionalidad, garantizando a su vez un equilibrio en la representatividad institucional
La sentencia destaca la importancia de que esta participación institucional se alinee con el derecho de las asociaciones empresariales a intervenir en la defensa de los intereses económicos y sociales, como establece el artículo 129 de la Constitución. Además, el Supremo desestimó un recurso de la Unión de Asociaciones de Trabajadores Autónomos y Emprendedores (Uatae), que pretendía incluir a representantes de los autónomos en estos órganos.
Por su parte, fuentes de CEOE y Cepyme subrayaron que, aunque el fallo del Supremo admite la participación plural de organizaciones en órganos consultivos como el Consejo Estatal de la Pyme, se distingue claramente entre participación y representación. Según las patronales, el diálogo social y la negociación colectiva deben quedar en manos de las entidades consideradas más representativas según el artículo 7 de la Constitución, cumpliendo los criterios de la Disposición Adicional Sexta del Estatuto de los Trabajadores.
