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El TJUE permite a las ligas de fútbol prohibir los fichajes en pandemias si es una medida justificada

El TJUE permite a ligas de fútbol cerrar su mercado de fichajes en situaciones extremas, evaluando su necesidad y proporción.

El TJUE permite a las ligas de fútbol cerrar fichajes en pandemias si es una medida justificada
Por Redacción Capital

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido una sentencia que podría permitir a las ligas de fútbol acordar el cierre de su mercado de fichajes en situaciones extremas, como la pandemia de coronavirus, siempre que el objetivo sea preservar la integridad de las competiciones y la medida se demuestre como proporcionada y necesaria para la estabilidad de los clubes.

La decisión del alto tribunal europeo surge tras una consulta de la justicia portuguesa, en respuesta a la sanción impuesta a la Liga de Fútbol Profesional de Portugal y a sus clubes. Durante la crisis de la pandemia en 2020, estos pactaron no contratar a ningún jugador que hubiera roto su contrato con otro club portugués, temiendo que los jugadores se fueran sin costes a otros equipos, comprometiendo así la estabilidad de la competición.

En abril de 2022, la Autoridad de Defensa de la Competencia de Portugal calificó este pacto como un acuerdo destinado a restringir la competencia en el mercado de fichajes de jugadores. Esto llevó a la liga portuguesa y a sus clubes a interponer un recurso ante un tribunal superior, que decidió consultar al TJUE para clarificar la situación.

El TJUE reconoce que el acuerdo podría contravenir las normas de competencia, pero considera que debe analizarse en el contexto económico y jurídico en el que fue adoptado durante la pandemia.

La sentencia del TJUE indica que los acuerdos de no captación son una restricción manifiesta de la competencia, afectando tanto al fichaje de jugadores como potencialmente a sus salarios. Sin embargo, el fallo enfatiza que la pandemia no justifica automáticamente una excepción a las prohibiciones de conductas anticompetitivas, incluso en el ámbito deportivo. El tribunal portugués deberá, por lo tanto, evaluar si esas circunstancias excepcionales justifican el acuerdo.

El fallo también subraya que, aunque el acuerdo en cuestión podría haber perjudicado la competencia en la contratación de personal, tenía como fin garantizar la estabilidad de las plantillas de jugadores de las primeras y segundas divisiones, en caso de reanudación de la temporada. Así, preservar la integridad de las competiciones deportivas es considerado un objetivo legítimo de interés general.

Ahora, corresponde a los tribunales de Portugal llevar a cabo un análisis exhaustivo para evaluar la aptitud, la necesidad y la proporcionalidad del acuerdo. Deberán comprobar si no existían alternativas menos restrictivas para asegurar la estabilidad de la liga y si el pacto no dio lugar a beneficios indebidos para los clubes a expensas de los derechos laborales de los futbolistas.

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