La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado en su totalidad la desestimación de los recursos interpuestos por varios fondos de titulación contra OHLA, en un caso relacionado con las desviaciones de costes en la construcción de la autopista M-12, que conecta con el Aeropuerto de Madrid Barajas. Esta decisión significa que OHLA no deberá abonar los 283 millones de euros que se le reclamaban.
La sentencia, fechada el 30 de junio, mantiene el fallo emitido previamente por la Audiencia Provincial de Madrid. Los fondos de titulación, que buscaban una resolución favorable tras ver rechazadas sus pretensiones en instancias anteriores, sostenían que OHLA había incumplido un contrato de apoyo firmado en diciembre de 2003. Exigían el pago de 212 millones de euros a la sociedad Aeropistas, además de 71 millones en intereses de demora.
El conflicto tiene su origen en 2002, con la adjudicación de la concesión administrativa para construir y explotar la autopista de peaje del eje aeropuerto en Madrid. Para financiar el proyecto, se constituyó la sociedad Aeropistas, que había firmado un contrato de crédito con diversas entidades bancarias. Posteriormente, los fondos demandantes, a través de cesiones de créditos, asumieron la posición de los bancos originales tras la quiebra de la autopista y su rescate por el Estado.
El Tribunal Supremo ha determinado que las garantías del contrato de apoyo carecen de causa al haber finalizado la explotación tras la liquidación del concurso
La sentencia del Supremo establece que la cláusula del contrato tenía una vigencia limitada a las fases de construcción y explotación, y que su finalidad era asegurar la continuidad del proyecto, no financiarlo indefinidamente. Este fallo impone las costas procesales a los fondos recurrentes, que incluyen a TDA 2015-1, TDA 2017-2, Bothar y Kommunalkredit Austria.
Un análisis de Banco Sabadell califica la resolución como positiva para OHLA, ya que elimina un riesgo significativo sin afectar su valoración bursátil, dado que el precio objetivo de sus acciones no contemplaba un desembolso por este litigio.
