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Uber Eats admite una deuda de 110 millones por 60.000 falsos autónomos en España

Uber Eats reconoce una deuda de 110 millones de euros con la Seguridad Social por 60,000 repartidores contratados como 'falsos autónomos'.

Uber Eats admite una deuda de 110 millones por 60.000 falsos autónomos en España
Por Redacción Capital

La plataforma de reparto a domicilio Uber Eats ha admitido por escrito su deuda con la Seguridad Social, que asciende a aproximadamente 110 millones de euros. Esta cantidad corresponde a las cotizaciones pendientes de 60.000 repartidores que fueron contratados bajo la figura de 'falsos autónomos', según han confirmado fuentes cercanas al proceso a Europa Press.

En enero pasado, Uber Eats ya había anunciado su intención de dejar de colaborar con repartidores autónomos en España. Ahora, la empresa cumple con su compromiso público de regularizar las cotizaciones de la plantilla, quienes habían estado registrados como trabajadores por cuenta propia, sin respetar los principios de la denominada 'Ley Rider'.

La Inspección de Trabajo inició en julio del año anterior una investigación para asegurar que el modelo de contratación de Uber Eats era acorde a las normativas vigentes, que exigen el reconocimiento como asalariados de sus trabajadores. Esta investigación concluyó en marzo de este año, con la imposición de una reclamación por 110 millones de euros en cotizaciones impagadas y la formalización de 60.000 altas de falsos autónomos.

Este proceso de regularización se inscribe en un contexto más amplio de endurecimiento de responsabilidades. Tal como ocurre en el caso de Glovo, estas medidas incluyen la posibilidad de acciones penales. El Ministerio de Trabajo, liderado por Yolanda Díaz, ha estado supervisando que las plataformas de reparto cumplan con la 'Ley Rider', vigente desde agosto de 2021. Esta normativa obliga a las empresas digitales de reparto a contratar como empleados a sus repartidores.

La 'Ley Rider' establece la presunción de laboralidad para los repartidores de plataformas digitales, alineándose con la decisión del Tribunal Supremo de que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

La mencionada ley fue el resultado de un acuerdo entre el Ministerio de Trabajo, los sindicatos CCOO y UGT, y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme. Afecta las relaciones laborales entre las plataformas de reparto y sus empleados, asegurando así que se respeten sus derechos como trabajadores asalariados.

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