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Revista Capital

La Seguridad Social permite solicitar los permisos parentales sucesivos por vía telemática

Por Redacción Capital

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha puesto en marcha un servicio telemático para solicitar los periodos sucesivos de permiso por nacimiento de hijos, adopción o guarda con fines de adopción y acogimiento familiar para los progenitores que opten por dividir este periodo.

Según la Seguridad Social, el 20% de los permisos son sucesivos. Esta gestión, que se puede realizar a través del portal ‘Tu Seguridad Social’, agilizará los trámites, según el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

Ya se permitía la solicitud telemática de esta prestación con certificado digital o usuario y contraseña en ‘Cl@ve’ permanente, sólo cuando la petición de la prestación se hacía para periodos ininterrumpidos.

Con la ampliación del servicio para los periodos sucesivos, “se agiliza la resolución de la solicitud, además de evitarse desplazamientos y esperas innecesarias en un momento en que las medidas de seguridad sanitaria aconsejan disminuir la atención presencial en las oficinas”, señaló el Ministerio.

La prestación por nacimiento y cuidado del menor se puede disfrutar en un único periodo ininterrumpido o en periodos múltiples. En ambos casos, se puede disfrutar a tiempo parcial o a tiempo completo.

En 2020, para los casos de nacimiento la duración del permiso es de 16 semanas para la madre biológica, de las que las primeras seis son obligatorias e inmediatamente posteriores al parto y a jornada completa.

En el caso del otro progenitor, son 12 semanas de las que las cuatro primeras son obligatorias e inmediatamente posteriores al parto y a jornada completa.

En casos de adopción o guarda con fines de adopción o acogimiento. los progenitores dispondrán entre ambos de un total de 28 semanas de las que seis serán obligatorias para cada uno de los progenitores, a disfrutar a tiempo completo de forma ininterrumpida inmediatamente después de la resolución judicial o decisión administrativa.

No obstante, existen excepciones como la ampliación para familias monoparentales o la posibilidad de la cesión de periodos de descanso.

(SERVIMEDIA)

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