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Economía libre y derecho de huelga

“Una ley de huelga debe impedir la intencionalidad política y la incidencia en exigencias vinculadas a la dirección o gestión empresarial” El derecho a la huelga es un derecho fundamental que reconoce la Constitución en su artículo 28.2: “Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses”. Naturalmente, el ejercicio de tal derecho exige la definición de sus límites mediante una ley orgánica que ningún gobierno se ha atrevido a promulgar, porque suponía poner límites al campo en el que pastorean libérrimamente los sindicatos ‘más representativos’. No hay razón alguna para eludir la regulación del derecho a la huelga, por lo que no hacerlo, en 45 años, coloca a todos los gobiernos en manifiesta responsabilidad. El derecho de huelga es el derecho a incumplir la obligación de trabajar. Si se legitima el incumplimiento de una obligación tan trascendental, lógicamente, semejante excepcionalidad jurídica sólo puede interpretarse restrictivamente. Aquí está la clave del asunto. Para regular el derecho a la huelga, han de considerarse los intereses que concurren para establecer racionalidad y proporcionalidad entre el ejercicio de este derecho y los efectos que se producirán. De una parte, está el derecho de los trabajadores a fortalecer su posición de exigencia. De la otra, aparecen varios derechos en concurso a valorar: 1) la libertad de los trabajadores no adheridos a la huelga; 2) el derecho de los empresarios en el conflicto; 3) la supervivencia de las empresas afectadas; 4) la situación de la economía nacional y el impacto que sobre ella tenga la huelga; 5) la afección sobre los servicios públicos a cuyo gestor, la Administración, el derecho otorga una posición exorbitante para su protección; 6) la singularidad de determinadas actividades privadas que no siendo servicio público, stritu sensu, son de interés general para la población…
“La ingente cantidad de nuevas obligaciones supone un gran reto para las empresas, que deberán adaptarse a la normativa”  En los últimos años se ha publicado numerosísima normativa laboral, lo que provoca un gran desafío para las empresas, obligadas a estar al día en materia de cumplimiento normativo. Por mencionar algunas de las nuevas obligaciones, las compañías, independientemente de su tamaño, sector o número de personas trabajadoras, deben contar con un protocolo de desconexión digital; un protocolo para la prevención frente al acoso laboral, sexual y por razón de sexo; un protocolo de prevención y sensibilización en el ámbito laboral de delitos o cualquier conducta contra la libertad sexual y la integridad moral y un protocolo frente a la discriminación.  Además, dependiendo del número de personas trabajadoras, las empresas deberán contar con un plan de igualdad en el que se incluye una auditoría retributiva que persigue detectar cualquier brecha salarial y/o discriminación por razón de sexo. Asimismo, deberán implantar un protocolo para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Y también tendrán que contar con un canal de denuncias interno que facilite la revelación de posibles infracciones o irregularidades que pudieran estar ocurriendo, garantizando a su vez la protección del denunciante.  Por su parte, los derechos de conciliación laboral y familiar se han visto modificados, ampliando los supuestos de concesión o su forma de disfrute, ya no solo a través de la normativa laboral, sino a través de la interpretación judicial de dicha legislación. Pongamos como ejemplo la ampliación del derecho de adaptación de la jornada con hijos mayores de 12 años o por cuidado de ascendientes que, pese a que no se reconoce de manera expresa en el Estatuto de los Trabajadores, se han concedido por…
“Atraer talento es caro, pero atraer a los deportistas fuera de serie, a veces, no lo es tanto”  “Sin caer en la demagogia, prefiero 100 profesionales pagando un 25% de impuestos que cero deportistas pagando el 47%”  Por Miriam Puelles y Borja Carrascosa La profesionalización global del fútbol y el incremento de los salarios ha llevado a muchos profesionales de este deporte, como de otros tantos, a necesitar una asesoría jurídica sobre los pasos a dar a la hora de gestionar sus finanzas. Porque no siempre es sencillo. De eso se encarga precisamente Julio Senn, especialista en derecho deportivo y socio director de Senn Ferrero Asociados, una boutique por la que han pasado varios de los deportistas más reconocidos del país. Porque, ¿qué tipo de ayuda necesitan? ¿Cómo se ha transformado el tejido empresarial deportivo en los últimos años?   Entre 2014 y 2020, la facturación de Senn Ferrero se ha duplicado, hasta los 7,7 millones de euros. Del total, el 75% del negocio procede del asesoramiento a figuras deportivas. A juzgar por las cifras, está claro que estos profesionales cada vez necesitan más asesoramiento. Pero, ¿de qué tipo? ¿Qué buscan cuando recurren a ustedes?  El asesoramiento, tanto a profesionales como a empresas del sector deportivo, sigue creciendo debido al natural desarrollo de la industria del entretenimiento. Y, aunque la pandemia ha afectado al deporte profesional en cuanto al volumen de actividad, también han surgido diferentes problemáticas que lo han compensado. Es por ello que nuestra cifra de negocios se ha ido incrementando en los últimos años.   ¿Qué tipo de áreas deportivas son las que piden más asesoramiento?  En el deporte profesional, tanto en Europa como en Latinoamérica –que es donde más trabajamos–, diría que el mundo del fútbol es absolutamente mayoritario. Nuestros encargos tienen que ver principalmente con disputas de carácter legal, ya que el mercado mueve muchos intereses y las discrepancias son cada día mayores y más frecuentes.   El…
La compañía presidida por José María Álvarez-Pallete se ha comprometido a respetar el derecho a la "desconexión digital" de sus trabajadores. Así, los sindicatos mayoritarios de la compañía, UGT y CC.OO., han refrendado el acuerdo por el que Telefónica se compromete a poner en marcha medidas concretas para potenciar el respeto al tiempo de descanso de los trabajadores una vez finalizada la jornada laboral, y reconoce como una oportunidad el hecho de liderar la implantación en sus operadoras de este derecho, una tendencia cada vez más presente en la realidad empresarial mundial. El compromiso con la desconexión digital será extensivo a todos los países donde Telefónica tiene actividad y se incorporará próximamente, como anexo, al acuerdo marco internacional que la compañía tiene en vigor con las organizaciones sindicales a nivel mundial. Telefónica promoverá en sus diferentes territorios acciones de sensibilización y formación dirigidas a todos los profesionales del grupo para informar sobre los riesgos, desafíos y buenas prácticas relacionados con el uso de las herramientas digitales. En el documento, Telefónica reconoce como imprescindible que los trabajadores puedan "desconectar" cuando sea necesario y crear hábitos saludables respecto al uso de sus dispositivos. Telefónica pondrá a su disposición todas las herramientas necesarias para que los empleados del Grupo desarrollen su propio "bienestar digital".