El pasado martes se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el real decreto-ley destinado a mitigar las repercusiones económicas del conflicto en Oriente Medio. Esta normativa entrará en vigor mañana miércoles y comprende, entre otras medidas, la reducción del impuesto especial a hidrocarburos y la progresiva eliminación del impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica.
Para aliviar el impacto del incremento de los productos energéticos, se ha decidido reducir el gravamen sobre los productos más utilizados, como el gasóleo y las gasolinas sin plomo. Así, se establece una reducción de 15 céntimos de euro por litro en julio, de 10 céntimos en agosto y de 5 céntimos en septiembre. Cabe destacar que la reducción del IVA al 10% para los carburantes, que se había incluido en un paquete de medidas anticrisis previo, no se aplicará siguiendo las directrices de Bruselas.
Ante un potencial aumento del índice de precios al consumo (IPC) en más del 15% respecto al año anterior, se activarán mayores reducciones en el gravamen de los carburantes
En caso de que el IPC de la gasolina o del gasóleo supere en más de un 15% al del mismo mes del año anterior, se incrementarán las reducciones a 20 céntimos por litro en agosto y 15 céntimos en septiembre. Se mantiene además un descuento de 20 céntimos por litro para los profesionales del sector primario y del transporte, y se añaden 165 millones de euros adicionales en ayudas para fertilizantes.
Por otra parte, a partir del 1 de junio, el IVA del gas y la electricidad se incrementó del 10% al 21%, y el impuesto sobre la electricidad del 0,5% al 5,1%. No obstante, el Gobierno ha decidido incluir un mecanismo de salvaguarda para, en caso de un empeoramiento de la situación, restablecer las medidas anteriores temporalmente en agosto y septiembre de 2026.
Adicionalmente, el impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica se verá reducido: en 2027 será del 3,5%, la mitad del 7% actual, y desaparecerá completamente a partir de 2028. El real decreto-ley también indica que las empresas beneficiarias de ayudas no podrán efectuar despidos ni ceses de actividad implicados en el marco de esta normativa hasta finales de septiembre de 2026.
En cuanto a las estaciones de servicio, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) implementará un sistema de seguimiento para monitorizar los márgenes brutos y publicará una lista de aquellas que presenten comportamientos anómalos. Los consumidores podrán presentar reclamaciones si detectan prácticas inadecuadas. Además, la disposición adicional del decreto obliga a estas estaciones a informar adecuadamente sobre las medidas fiscales temporales impuestas.
