El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado el índice de referencia para la actualización anual de los contratos de alquiler, alcanzando un 2,49% interanual en julio. Este porcentaje supera en 0,05 puntos al registrado en junio, estableciendo un nuevo récord desde el inicio de la serie en noviembre de 2024. Este índice acumula 14 meses consecutivos por encima del 2%.
Este indicador, creado para regular los contratos de alquiler firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda el 25 de mayo de 2023, es utilizado para la revisión anual de las rentas. El INE publica este índice mensualmente, y se establece como límite para las revisiones, basándose en los últimos datos disponibles. El índice contempla el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias anuales en sus tasas de crecimiento, ajustado con un parámetro propuesto por la Dirección General de Política Económica que considera el crecimiento esperado a largo plazo.
Este índice se utiliza como límite para evitar incrementos desproporcionados en las rentas de los arrendamientos
El coeficiente moderador que se aplica considera las circunstancias del mercado del alquiler, y es definido por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en conjunto con el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa. Como resultado, el índice que servirá como tope para la actualización anual de los contratos de alquiler será el menor valor entre la variación anual del IPC, la inflación subyacente y una tasa media ajustada.
Con esta publicación, el INE cumple con la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que establece la creación de un índice para proteger contra aumentos excesivos en las rentas. Durante el año 2024, estas actualizaciones se limitaron al 3% como medida extraordinaria debido a los aumentos de precios asociados a la guerra de Ucrania.
Por otro lado, los contratos que se firmaron antes de la implementación de la Ley por el Derecho a la Vivienda continuarán actualizando su renta según lo estipulado en el contrato, ya sea con el IPC o con el Índice de Garantía de Competitividad (IGC). Fuentes del Ministerio de Vivienda señalaron que, dependiendo del acuerdo contractual anterior a mayo de 2023, la revalorización anual podría basarse en la inflación, con un tope del 2% para el IGC.
