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Revista Capital

El IMSERSO paga 8,3 millones de euros en prestaciones a personas ya fallecidas

Por Redacción Capital

El Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso) perdió más de 8,3 millones de euros en 2016 por prestaciones sociales a personas que ya habían muerto, según se desprende del informe de fiscalización elaborado por el Tribunal de Cuentas, que recoge cientos de pagos a fallecidos que no han sido devueltos.

El Tribunal de Cuentas ha contrastado la información que sobre fallecidos elabora el Instituto Nacional de Estadística (INE) con las nóminas de prestaciones correspondientes a los meses de diciembre de 2015 y diciembre de 2016, y ha detectado beneficiarios que estaban incluidos en nómina a pesar de que figuraban como muertos.

Se trata de 65 beneficiarios en Castilla-La Mancha, 186 en Andalucía, 234 en la Comunidad Valenciana y 94 en la Comunidad de Madrid. En total son más de ocho millones los que se habrían repartido de forma irregular. La mayoría de ese dinero se repartió en la Comunidad Valenciana, un total de 8,2 millones de euros que no han sido recuperados.

En Andalucía, las prestaciones a beneficiarios fallecidos han supuesto una pérdida de 54.257,57 euros, mientras que en Castilla-La Mancha las pérdidas se cifran en 6.618,2 euros. En la Comunidad de Madrid los importes no recuperados superan los 30.000 euros. Todo este dinero no había sido devuelto aún en junio de 2018, según el Tribunal de Cuentas.

En la Comunidad Valenciana, según explica la institución, de acuerdo con los datos de la Tesorería General de la Seguridad Social a junio de 2018 no constaba que se haya recuperado un importe total de 8.248.880,6 euros, de los que 2.952.112,92 euros no habían sido devueltos por las entidades financieras una vez finalizado el correspondiente procedimiento de retrocesión al considerarse cantidades prescritas.

En total, se pagaron prestaciones a 579 personas fallecidas entre las cuatro comunidades autónomas mencionadas. El Tribunal de Cuentas detecta “debilidades” en el sistema de control debido a que no se han detectado determinados supuestos de percepciones indebidas, derivados de diversas circunstancias como el fallecimiento del solicitante entre el momento de la solicitud y el de la resolución de concesión, la percepción indebida o duplicada del complemento a favor de pensionistas no contributivos que residan en vivienda alquilada, y la percepción de prestaciones incompatibles.

Tal y como expone el Tribunal, en lo que se refiere a la Comunidad Valenciana se han detectado “graves deficiencias” en el sistema de control interno, puesto que en el último trienio las direcciones territoriales de Valencia y de Alicante no han efectuado la preceptiva revisión anual, y durante los siete años anteriores se ha realizado en porcentajes manifiestamente bajos, circunstancia especialmente grave puesto que el derecho a la pensión no contributiva depende, entre otros aspectos, de los ingresos del beneficiario y de la unidad económica de convivencia, los cuales deben ser declarados por los beneficiarios en la revisión anual.

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