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Glovo acumula multas por 205 millones en España tras una nueva sanción por 56,7 millones

La compañía recurrirá la sanción y subraya que el periodo inspeccionado es anterior a la entrada en vigor de la 'ley rider' La plataforma de reparto Glovo ha sido multada de nuevo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con un importe de 56,7 millones de euros y ya acumula sanciones en España por valor de 205,3 millones de euros, según han informado a Europa Press en fuentes del Departamento que dirige Yolanda Díaz. La última sanción impuesta, por importe de 56,7 millones, ha sido a Glovo Madrid por emplear a 7.022 'falsos autónomos' y tener a 813 trabajadores extranjeros de manera irregular, sin el correspondiente permiso de trabajo. En concreto, la Inspección ha propuesto una sanción a Glovo Madrid de 32,9 millones por no tener dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a 7.022 trabajadores (la ley 'rider' obliga a contratar a los repartidores como asalariados). El acta de liquidación por no cotizar por ellos a la Seguridad Social asciende a 19 millones de euros. A estos importes hay que sumar otra multa de 5,2 millones de euros que ha impuesto la Inspección a la plataforma de reparto por tener trabajando de manera irregular a 813 extranjeros. De este modo, estas últimas actuaciones contra la plataforma de reparto han implicado sanciones y actas de liquidación por un importe global de 56,7 millones de euros, siendo la cifra de trabajadores afectados de 7.835 personas. Con esta última multa, Glovo acumula en España sanciones por valor de 205,3 millones de euros, de los que 125,3 millones corresponden a actas de infracciones y 80 millones de euros a actas de liquidación. En total, los trabajadores afectados por incumplimientos de la plataforma de reparto ascienden a 37.348. La llamada 'ley rider', que obliga a las plataformas digitales de…
La CNMC sanciona con 9,25 millones de euros a Audax Renovables y a sus filiales ADS Energy, Ahorreluz, By Energyc, Iris Energía y Masqluz por captar clientes de luz y gas de otras compañías mediante prácticas fraudulentas La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) multa con 9,25 millones a Audax, que recurrirá la sanción, recoge Europa Press. Tras iniciar un análisis inicial de la resolución de Competencia, la compañía interpondrá un recurso contra la misma ante la instancia competente al entender que existen "bases sólidas" para ello. Así, Audax ya ha iniciado los trámites necesarios para recurrir las sanciones impuestas por la CNMC "con el objetivo de resultar indemne" de las mismas, según ha informado este lunes a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). En concreto, según ha explicado la CNMC, las comercializadoras del Grupo Audax llevaron a cabo "actos de engaño y confusión" para propiciar que clientes que tenían sus contratos con comercializadoras rivales pasaran a formar parte de su cartera de clientes domésticos de electricidad y gas, desde enero de 2018 hasta octubre de 2021. En abril de 2021, a la vista de la información recabada gracias a diversas denuncias presentadas ante la CNMC, y a la información aportada por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), la CNMC inició un expediente sancionador por posibles prácticas anticompetitivas. Una vez instruido dicho expediente, la CNMC ha acreditado que las comercializadoras sancionadas de Audax han llevado a cabo "actos de engaño y confusión" para la captación de clientes de otras comercializadoras de luz y gas mediante estrategias como el intento de captación de clientes haciéndose pasar por su compañía habitual o la comunicación a los consumidores de una supuesta actualización o renovación de la tarifa, haciéndose pasar igualmente por su compañía habitual o el ofrecimiento…
Las sanciones por alterar licitaciones se elevan hasta los 203,6 millones La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto multas por un importe total de 203,6 millones de euros a seis de las principales constructoras españolas por haber alterado durante 25 años miles de licitaciones públicas destinadas a la edificación y obra civil de infraestructuras. Además, ha determinado la prohibición a estas empresas de contratar con la Administración. Las compañías y sanciones impuestas por Competencia son Acciona (29,4 millones), Dragados (57,1 millones), FCC (40,4 millones), Ferrovial (38,5 millones), OHL (21,5 millones) y Sacyr (16,7 millones), según ha informado este jueves Competencia, que ha declarado el archivo de actuaciones contra la empresa Lantania. La CNMC ha explicado que desde 1992 estas seis compañías se reunían semanalmente y decidían los contratos públicos en los que iban a compartir trabajos técnicos de sus ofertas. Además, intercambiaban información sobre su estrategia de presentación a los concursos públicos. Entre las miles de licitaciones afectadas existen infraestructuras de interés general como hospitales, puertos y aeropuertos y carreteras, según la CNMC. "Se trata de prácticas cuyos efectos han sido especialmente dañinos para la sociedad, ya que afectaron a miles de concursos convocados por Administraciones Públicas españolas para la construcción y edificación de infraestructuras como hospitales, puertos y aeropuertos, carreteras, etc", subraya Competencia. Entre las administraciones públicas afectadas figuran fundamentalmente las pertenecientes al ámbito de fomento, incluyendo al Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana) junto con sus organismos y entidades públicas empresariales dependientes. Según Competencia, estas conductas constituyen una infracción muy grave de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. La forma de actuar de las sancionadas El organismo que…
Un tribunal del distrito de Taganski en Moscú anuncia que la imposición de la multa a Google está relacionada con datos sobre las supuestas pérdidas del Ejército ruso La Justicia rusa ha impuesto este jueves una multa de 4 millones de rublos (unos 45.000 euros) contra Google por difundir presuntamente "información falsa" sobre la guerra en Ucrania, según ha recogido Europa Press. Un tribunal del distrito de Taganski, en Moscú, ha anunciado la imposición de la multa, relacionada con datos sobre las supuestas pérdidas del Ejército ruso tras la invasión, que comenzó el 24 de febrero. "La corte halla culpable a Google de violar el artículo 2 del Código Administrativo de Delitos de Rusia al fracasar a la hora de retirar información prohibida en el país", señala un documento al que ha tenido acceso la agencia de noticias TASS. La vista judicial ha tenido lugar sin la presencia de representante alguno de la compañía estadounidense. Los informes judiciales apuntan a datos "poco fiables" sobre presuntas conversaciones telefónicas entre militares y familiares, las cuales habrían sido filtradas por la Inteligencia ucraniana. En ellas, los militares hablan supuestamente de grandes pérdidas para las fuerzas rusas. Previamente, Google había recibido otra multa por distribuir propaganda a través de Youtube sobre el batallón Azov y otros grupos neonazis. Desde 2021 Rusia ha estado multando a este tipo de empresas por negarse a retirar contenido de Internet.
El TUE estima parcialmente el recurso de Intel al concluir que el análisis realizado por la Comisión es "incompleto" y no permite demostrar los hechos El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha anulado este miércoles la multa récord de 1.060 millones de euros que la Comisión Europea impuso hace más de una década al grupo informático Intel por abusar de su posición dominante con el objetivo de tratar de expulsar a sus rivales, especialmente a AMD, del mercado de microprocesadores, según ha informado Europa Press. El caso se remonta a 2009, cuando Bruselas castigó a Intel por conceder fuertes descuentos e incluso pagos a determinados fabricantes de ordenadores para que no utilizaran microprocesadores de AMD. El Ejecutivo comunitario consideró que los descuentos de fidelidad aplicados por una empresa con posición dominante tendrían por sí mismos la capacidad de expulsar del mercado a otro competidor igualmente eficiente pero para quien aplicar esos precios no habría sido viable. La Justicia europea desestimó en 2014 un primer recurso de la marca estadounidense, este fallo fue anulado en 2017 al estimar un recurso de casación por lo que el asunto volvió al Tribunal General europeo. La sentencia del TUE En su sentencia de este miércoles, el Tribunal con sede en Luxemburgo recoge los argumentos de la primera sentencia que sí daban por acreditada la existencia de los descuentos controvertidos, pero aclara que aunque cabe presumir que esta práctica pudiera restringir la competencia se trata de una "presunción" que no dispensa a la Comisión de examinar los detalles de las circunstancias. En este sentido, estima parcialmente el recurso de Intel al concluir que el análisis realizado por la Comisión es "incompleto" porque no permite demostrar suficientemente que los descuentos controvertidos podían o podrían tener efectos contrarios a la competencia. Como consecuencia, la Justicia…
La entidad ha cometido un delito de regulación del mercado hipotecario y ha presentado deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal El Banco de España ha impuesto una sanción de 300.000 euros a Tinsa Tasaciones Inmobiliarias por la comisión de una infracción muy grave tipificada en la ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del mercado hipotecario, según informa Europa Press. Tal y como ha detallado el supervisor, Tinsa ha presentado deficiencias en la organización administrativa, técnica o de personal o en los procedimientos de control interno. A causa de tales deficiencias, "no ha quedado asegurada la capacidad de la entidad para conocer la situación y condiciones del mercado inmobiliario en el que opera, el cumplimiento uniforme de las normas de valoración aplicables, su independencia profesional de accionistas o clientes, o el control de las obligaciones de incompatibilidades a que están sujetos los profesionales a su servicio", expone el Banco de España. Varios directivos y consejeros sancionados Por el mismo motivo, también se ha sancionado a varios directivos de la sociedad. Así, ha multado con 27.000 euros al director general de Tinsa España, José Antonio Hernández Calvín, con 25.500 euros al consejero delegado de la sociedad, Ignacio Martos Navarro, y con 18.700 euros al consejero Ignacio Garcia-Altozano Fesser. También han sido multados por la misma infracción los exconsejeros Benjamin Jacobus Osnabrug, con 21.250 euros, y Jorge Quemada Saenz-Badillo, con 15.725 euros. Las sanciones se ha hecho públicas este miércoles, una vez que han sido declaradas como firmes en la vía administrativa. La respuesta de la entidad Desde Tinsa han puntualizado que el Banco de España, de acuerdo con su política de supervisión periódica de entidades reguladas, realizó una inspección que se retrae al 2016, resultando unos requerimientos formales que ya han sido abordados por la compañía. "En…
Estas empresas utilizaban un sistema conocido como MLS (Multiple Listing System), que funciona mediante una base de datos que permite a las inmobiliarias compartir inmuebles captados en régimen de exclusiva compartida Tal y como ha recogido Europa Press, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con el pago de 1,25 millones de euros a Idealista, Remax, Inmovilla, Look & Find, Witei y Anaconda por haber llevado a cabo una serie de acuerdos para fijar precios e intercambiar información en el mercado de la intermediación inmobiliaria. La mayor sanción corresponde a Idealista, que tendrá que hacer frente al pago de 730.000 euros, seguida de Remax (375.720 euros), Inmovilla (83.149), Look & Find (31.486), Witei (18.925) y Anaconda (1.749), según informa la CNMC y recoge Europa Press. En el caso de Witei, que ha colaborado por medio del programa de clemencia, su sanción se ha visto minorada en un 45%. Pese a que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, sí que se puede interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. Competencia explica que estas empresas utilizaban un sistema conocido como MLS (Multiple Listing System), que funciona mediante una base de datos que permite a las inmobiliarias usuarias compartir inmuebles captados en régimen de exclusiva compartida. Cuando una inmobiliaria usuaria del MLS capta un inmueble puede incluirlo en el sistema, lo que permite al resto de usuarios realizar la venta. En ese caso, la oficina captadora y la oficina vendedora comparten la comisión pactada por el servicio global de intermediación ofrecido. En 2002, Remax y Look & Find promovieron el proyecto en España; Habitania, posteriormente adquirida por Idealista, se encargó del desarrollo tecnológico; en 2012, Inmovilla y Habitania adaptaron sus sistemas para hacerlos compatibles; y en 2017, Anaconda,…
El tribunal de Luxemburgo ha desestimado el recurso que la compañía había interpuesto por la sanción adoptada en 2017 El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha confirmado este miércoles la multa de 2.420 millones de euros impuesta por la Comisión Europea a la multinacional tecnológica Google por abuso de posición dominante a través de su servicio de comparación de precios, Google Shopping, según recoge Europa Press. En concreto, el tribunal de Luxemburgo ha desestimado el recurso que la compañía había interpuesto por la sanción adoptada en 2017. La sentencia conocida este miércoles es, sin embargo, recurrible ante el Tribunal de Justicia, la mayor instancia de la Justicia europea. "El Tribunal General desestima la mayor parte del recurso presentado por la compañía y confirma la multa impuesta por la Comisión" Europea, ha informado el tribunal en un comunicado.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado con un total de 61,3 millones de euros a 12 empresas, entre las que se encuentran filiales de Acciona, ACS, OHL, Ferrovial, FCC, Elecnor y Sacyr. Según informa Europa Press, motivo de dicha multa reside en una infracción constitutiva de cártel consistente en la alteración de las licitaciones de servicios de conservación y explotación de carreteras convocadas por el Ministerio de Fomento desde 2014 a 2018. Competencia ha subrayado que se trata de una infracción muy grave prohibida por el artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia y el 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea y ha sancionado además a estas empresas con la prohibición de contratar con las administraciones públicas. Las empresas sancionadas por formar parte de este cártel son Acciona Mantenimiento y solidariamente su matriz Acciona; Aceinsa; Alvac; API y solidariamente su matriz ACS; Audeca y solidariamente su matriz Elecnor; Copasa; Elsamex; Elsan y solidariamente su matriz OHL; Ferroser y solidariamente su matriz Ferrovial; Innovia y solidariamente su matriz Copcisa; Matinsa y solidariamente su matriz FCC, y Sacyr Conservación y solidariamente su matriz Sacyr. La sanción más abultada corresponde a API (ACS), con 11,78 millones de euros. La filial de FCC, Matinsa, ha sido multada con 8,5 millones, mientras que Ferroser (Ferrovial) ha sido sancionada con 5,7 millones de euros. La multa a la filial de Sacyr alcanza los 5,17 millones, mientras que Elsan (OHL) ha sido sancionada con 3 millones de euros; Acciona Mantenimiento con 2,33 millones, y Audeca (Elecnor), con 2,6 millones. Según la CNMC, las empresas sancionadas participaban sistemáticamente en todas las licitaciones acordadas, restringiendo el número de ofertas con bajas superiores a un umbral predeterminado por el cártel que podían presentar. La CNMC ha podido acreditar…
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha impuesto una multa de 1,35 millones de euros a Iberdrola Clientes (comercializadora del Grupo Iberdrola en el mercado libre). La empresa obvió informar a más de 45.000 clientes de que la nueva tarifa era más cara que la anterior y de su derecho a rescindir el contrato, incumpliendo así las medidas de protección al consumidor que prevé la normativa sectorial. Se trata de de una infracción grave, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 110 t) de la Ley del Sector de Hidrocarburos. Este caso tuvo su origen en la denuncia remitida por una asociación de consumidores y usuarios. Posteriormente, la CNMC inició un expediente sancionador contra la compañía ante los indicios de posibles prácticas contrarias a los derechos de los consumidores. El 18 de enero de 2018, Iberdrola Clientes envió 45.684 comunicaciones comerciales a clientes con contrato en el mercado libre indexado a la Tarifa de Último Recurso (TUR), aquella que fija el Gobierno para los consumidores del mercado regulado. En sus cartas les indicaba que, a partir del 28 de febrero, pasarían a tener una tarifa de tipo fijo y con un precio estable, y se les aplicaría un descuento (-10%) en el término fijo y en el variable durante doce meses. Falta de transparencia Según la CNMC, La comunicación detallaba las ventajas de la nueva tarifa y recalcaba como valor positivo su estabilidad (precio fijo) frente a la anterior (indexada al precio variable de la TUR/tarifa regulada), además de su aplicación automática y, por tanto, sin necesidad de gestiones por parte del consumidor. Por el contrario, Iberdrola no incluía ninguna comparación ni advertencia acerca de que las tarifas previas (indexadas TUR) eran más baratas y de que el cambio (a un precio fijo) podía suponer…