Hoy entra en vigor el Real Decreto Ley con medidas urgentes en materia de alquiler que fue aprobado el pasado viernes por el Consejo de Ministros y que ayer publicó el BOE. Por su propia naturaleza, el texto tendrá que ser convalidado por el Congreso de los Diputados, donde, al quedar las Cortes Generales disueltas por la convocatoria de las elecciones del 28 de abril, será la Diputación Permanente el órgano que votará su aprobación.
Esta es la segunda vez en menos de tres meses que el Gobierno de Pedro Sánchez, y ante la debilidad de sus apoyos parlamentarios, tiene que recurrir a este tipo de medidas urgentes, tal y como dicta nuestro ordenamiento jurídico.
Expertos consultados por CAPITAL recomiendan a los nuevos inquilinos y a los propietarios esperar y no firmar ningún contrato de alquiler, hasta que no pasen estos primeros 30 días
Un RD semejante ya se intentó convalidar hace menos de de dos meses y finalmente decayó a los pocos días de publicarse en el BOE al no superar el último y definitivo paso de su convalidación en la cámara baja.
Este nuevo real decreto incluye como una de las principales novedades la limitación de la subida del precio, estableciendo que su máximo sea el incremento del IPC, durante la duración del contrato de arrendamiento.
Expertos consultados por CAPITAL recomiendan a los nuevos inquilinos y a los propietarios esperar y no firmar ningún contrato de alquiler, hasta que no pasen estos primeros 30 días, tal y como dicta el propio Reglamento del Congreso en su artículo 151.1.