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Jubilación anticipada a los 52 años: el derecho que ampara a miles de personas con discapacidad en España

A pesar de que la edad legal de jubilación en España se sitúa actualmente entre los 65 y los 66 años y 8 meses, la Seguridad Social contempla excepciones. Las personas con ciertos grados de discapacidad pueden retirarse hasta 14 años antes, siempre que cumplan una serie de requisitos

Por Marta Díaz de Santos

En España, algunas personas con discapacidad pueden jubilarse hasta 14 años antes de la edad legal. Te explicamos quiénes tienen derecho, qué condiciones deben cumplir y qué enfermedades están incluidas en esta medida.

Aunque la edad ordinaria de jubilación en España supera actualmente los 66 años, la Seguridad Social permite jubilarse antes en determinados casos. Uno de los más destacados es el de las personas con discapacidad, que pueden acceder a la pensión hasta 14 años antes, es decir, a los 52 años de edad.

Este derecho está reservado a quienes tengan reconocida una discapacidad igual o superior al 65%, sin necesidad de que esté relacionada con una enfermedad específica. Solo se exige haber cotizado al menos 15 años, de los cuales dos deben estar dentro de los últimos quince. La discapacidad debe estar certificada oficialmente por el IMSERSO o el organismo autonómico competente.

Por otro lado, quienes tengan una discapacidad del 45% también pueden anticipar su jubilación, aunque en este caso la edad mínima es 56 años y la discapacidad debe estar causada por una de las enfermedades incluidas en un listado oficial.

¿Qué enfermedades dan derecho a la jubilación anticipada con un 45%?

Entre las más relevantes están:

Trastornos del espectro autista

  • Parálisis cerebral
  • Síndrome de Down
  • Esclerosis múltiple
  • Esquizofrenia
  • ELA (Esclerosis lateral amiotrófica)
  • Lesión medular traumática
  • Trastorno bipolar
  • Fibrosis quística
  • Daño cerebral adquirido
  • Síndrome de Tourette, entre otras
  • Este listado figura en el Real Decreto 1851/2009, y el Gobierno puede ampliarlo si así lo solicitan entidades representativas del colectivo

Cómo se solicita

La solicitud debe presentarse ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) con la documentación que acredite tanto el grado de discapacidad como los años cotizados. En ningún caso se puede acceder a la jubilación antes de los 52 años, ni siquiera aplicando coeficientes reductores.

Para muchas personas con discapacidad, esta posibilidad representa un alivio vital. Significa poder retirarse cuando la salud ya no acompaña y hacerlo con el respaldo de un sistema que reconoce no solo los años trabajados, sino también las dificultades enfrentadas. Difundir esta información es clave para garantizar que nadie quede fuera de un derecho que puede mejorar su calidad de vida.

El Gobierno regula la jubilación anticipada para trabajos penosos con coeficientes reductores

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