La Agencia Valenciana Antifraude ha decidido archivar la investigación acerca de una presunta irregularidad cometida por la Diputación de València en la provisión temporal de un puesto de secretaria de dirección. Este cargo había sido ocupado por la pareja del 'president' de la Generalitat, Juanfran Pérez Llorca, quien finalmente no participó en el proceso de selección para la provisión definitiva.
Según una resolución a la que ha tenido acceso Europa Press, no existen "indicios razonables de veracidad en los hechos que han sido objeto de la denuncia". Sin embargo, se estipula la posibilidad de reabrir el expediente si surgieran nuevas pruebas o indicios que sustenten las reclamaciones.
La resolución destaca dudas sobre la urgencia que justificó la convocatoria en comisión de servicios para este puesto. La plaza fue creada el 23 de julio de 2025, pero la convocatoria no se hizo pública hasta el 27 de enero de 2026. Este lapso de aproximadamente seis meses resulta difícil de conciliar con la urgencia que requeriría una cobertura temporal. No obstante, se confirma que se cumplió con el requisito de convocatoria pública, al ofertarse la plaza a través de un anuncio en la página web de la Diputación el 28 de enero de 2026.
Asimismo, la Agencia destaca que el sistema de comisiones de servicio en la Diputación, que se basa en un informe de idoneidad en lugar de baremos puntuados, se ajusta a la doctrina del Tribunal Supremo. En este sentido, se ha verificado que, aunque no se exigen las formalidades de un concurso de méritos, el cumplimiento de los requisitos y la idoneidad del candidato sí deben constatarse y ambos han quedado acreditados en este caso.
La investigación confirma la adecuada pertenencia al subgrupo C1 como funcionario de carrera, lo que excluyó a un candidato, y también que la pareja de Llorca era la candidata más experimentada entre los cinco postulantes para este rol administrativo. Se considera que la previsión de oferta en la siguiente convocatoria ordinaria de provisión también se cumplió al ofrecerse la plaza para su provisión definitiva mediante un decreto de la Presidencia de la Diputación el 5 de marzo de 2026. A su vez, se enfatiza que la pareja de Llorca no ha participado en dicha convocatoria.
La coincidencia temporal entre la toma de posesión del jefe del Consell y el procedimiento de la comisión de servicios no constituye por sí sola un indicio de irregularidad en el proceso
Así lo afirma la resolución al señalar que, aunque persiste la duda sobre la verdadera urgencia de la situación, el archivo de las actuaciones queda justificado debido a que la persona implicada no participó en la convocatoria definitiva. Según el artículo 84.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, el objeto de la actuación ha decaído, y no existen indicios razonables que acrediten las denuncias.
Por su parte, el 'president' Juanfran Pérez Llorca había pedido esperar a la resolución de Antifraude antes de sacar conclusiones sobre la contratación de su pareja. Expresó su respeto por las investigaciones y afirmó que no tenía inconveniente en que se investigara el asunto antes de llegar a conclusiones prematuras.
