El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha dado a conocer este martes el índice de referencia para la actualización de contratos de alquiler, situándose en un 2,47% interanual en agosto. Este dato representa una leve disminución respecto al 2,49% registrado en julio. Sin embargo, persiste una tendencia sostenida, ya que el índice lleva 15 meses seguidos por encima del 2%.
Este índice es de aplicación obligatoria para los contratos de arrendamiento firmados desde la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023. El INE lo publica mensualmente y se utiliza como límite para la actualización de dichos contratos, asegurando que sean expresados con dos decimales aprovechando los últimos datos disponibles. La actualización de estos arrendamientos se ajustará según el índice establecido posterior a mayo de 2023.
Este índice busca evitar que los aumentos en las rentas de alquiler sean desproporcionados, protegiendo a los inquilinos de subidas excesivas
La composición de este índice involucra el Índice de Precios de Consumo (IPC), la inflación subyacente y las diferencias en sus tasas de crecimiento anual. Además, incluye un parámetro propuesto por la Dirección General de Política Económica relacionado con expectativas de crecimiento a largo plazo. A estas variables se les aplica un coeficiente moderador, diseñado conjuntamente por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana y el Ministerio de Economía para reflejar las condiciones del mercado de alquiler.
Este índice cumple con lo estipulado en la disposición adicional undécima de la Ley por el Derecho a la Vivienda, que ordena al organismo definir un índice de referencia para contratos de arrendamiento antes del 31 de diciembre de 2024. Esta normativa busca prevenir incrementos desproporcionados en las rentas.
Durante 2024, debido al impacto económico de la guerra de Ucrania, se limitó de forma extraordinaria la actualización de las rentas al 3%, lo que añade un contexto de control sobre las alzas en los precios del alquiler.
Para los contratos firmados antes de la nueva ley, es decir, previo a mayo de 2023, la actualización se realizará utilizando el IPC o el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), dependiendo de lo estipulado en el contrato. Según el Ministerio de Vivienda, en estos casos la revalorización no podrá superar el 2%, respetando las condiciones establecidas en los contratos anteriores.
