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Transparencia ordena a Exteriores informar de nacionalizados por las leyes de memoria de 2007 y 2022

El Consejo de Transparencia exige al Ministerio de Exteriores datos sobre nacionalidad española por leyes de Memoria tras silencio administrativo

Transparencia ordena a Exteriores informar de nacionalizados por las leyes de memoria de 2007 y 2022
Por Redacción Capital

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno ha exigido al Ministerio de Asuntos Exteriores proporcionar información sobre el número de personas que han obtenido la nacionalidad española en virtud de la Ley de Memoria Histórica de 2007 y la Ley de Memoria Democrática de 2022, que incluye la conocida 'ley de nietos'. Esta medida surge tras la reclamación de un ciudadano que solicitó detalladamente datos estadísticos de estos procesos de nacionalización para descendientes de exiliados.

La normativa de 2007 permitió que las personas con padre o madre originalmente español, así como los nietos de quienes perdieron o renunciaron a la nacionalidad española debido al exilio, accedieran a la nacionalidad. La legislación vigente desde 2022 extiende el derecho a los nacidos fuera de España con padre o madre, abuelo o abuela inicialmente españoles que perdieron la nacionalidad a causa del exilio por motivos políticos, ideológicos o de identidad sexual. Asimismo, permite la nacionalización de los hijos de españolas que perdieron su ciudadanía al casarse con extranjeros antes de la Constitución, y de los hijos mayores de edad de quienes la obtuvieron bajo la ley de 2007.

El solicitante requirió en octubre de 2025 datos desglosados por países sobre el total de solicitudes recibidas, las aprobadas, denegadas y pendientes. Sin respuesta del ministerio, presentó una reclamación ante el Consejo de Transparencia en mayo. El Consejo se dirigió a Exteriores para recabar sus alegaciones, pero nuevamente fue ignorado.

El silencio administrativo no puede menoscabar el derecho constitucional de acceso a la información pública

En su resolución, el Consejo, presidido por Concepción Campos Acuña, criticó al ministerio por no responder al ciudadano ni al propio organismo, dificultando su labor de evaluación de las circunstancias y la decisión sobre la concesión de la información solicitada. Concluyó que el silencio mantenido no anula el derecho constitucional de acceso a la información pública. Constata que el detalle solicitado por el reclamante tiene carácter de información pública y, al no haber justificación de impedimentos legales por parte de Exteriores, se estima la reclamación e insta al ministerio a facilitar los datos solicitados.

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