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La Justicia argentina reactiva la reforma laboral de Milei tras anular su suspensión cautelar anterior

Revoca la suspensión de 80 artículos de la reforma laboral de Milei tras un recurso extraordinario del Gobierno

La Justicia argentina reactiva reforma laboral de Milei tras anular su suspensión cautelar anterior
Por Redacción Capital

La Justicia argentina ha revocado la suspensión cautelar de más de 80 artículos de la reforma laboral del presidente Javier Milei. Este cambio se produjo después de que el Gobierno presentara un recurso extraordinario 'per saltum', el cual fue llevado directamente ante la Corte Suprema de Justicia, evitando instancias intermedias.

La Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió revertir la medida del juez Raúl Horacio Ojeda y reafirmar la vigencia de la reforma laboral. Esta medida fue compartida por el presidente Milei en la red social 'X', tras un mensaje del Ministerio de Capital Humano.

El tribunal, en respuesta al argumento del procurador del Tesoro, determinó que el juez Ojeda actuó más allá de su competencia, interfiriendo con una ley aprobada por el Congreso

En un fallo previo, el magistrado Ojeda había detenido parcialmente la implementación de la reforma, estimando las objeciones presentadas por la Confederación General del Trabajo (CGT). Esta acción judicial fue una respuesta a un recurso de amparo del sindicato interpuesto poco después de que el Senado aprobara la reforma el 27 de febrero.

La reforma laboral de Milei propone cambios significativos, como una disminución en el cálculo de las indemnizaciones por despido, el fraccionamiento de las vacaciones y la implementación de un banco de horas como alternativa al pago de horas extra. También permite extender la jornada laboral de 8 a 12 horas, siempre que se respete el descanso de 12 horas entre turnos.

Otros cambios incluyen la desoportunidad de la Justicia Nacional del Trabajo en disputas laborales con el Estado, la limitación del derecho a huelga y un nuevo esquema para negociaciones colectivas que favorece acuerdos empresariales o regionales sobre los sectoriales. Sin embargo, Ojeda había suspendido provisoriamente partes clave de la norma, como la eliminación del principio 'in dubio pro operario' y la clasificación de empleados de plataformas digitales como independientes.

La decisión de Ojeda también afectó la modificación de normas sobre huelgas, la derogación de la ley del teletrabajo y los cambios en el régimen de indemnizaciones, duración de jornadas, vacaciones, y otros aspectos laborales, hasta que se resolviera la cuestión de fondo.

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