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Revista Capital

La CNMC aprueba la circular de acceso y conexión a la red eléctrica para ordenar a las renovables

Por Redacción Capital

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha aprobado la circular de acceso y conexión de instalaciones de producción de energía eléctrica a las redes de transporte y distribución, normativa de vital importancia para el desarrollo ordenado de las renovables y para poner coto a la especulación en las solicitudes.

La normativa ha visto la luz tras su publicación este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y pone fin así a un largo proceso para su aprobación, después de fuera de las primeras que inició su trámite por la CNMC del paquete de circulares con que el organismo estrenaba sus nuevas competencias en materia energética en 2019.

En concreto, fue objeto dos trámites de audiencia, en junio de 2019 y septiembre de 2020, a lo largo de los cuales se recibió decenas de alegaciones de administraciones públicas, gestores de redes, asociaciones sectoriales y promotores, entre otros sujetos.

Igualmente, fue analizada por la Comisión de Cooperación entre el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico y la CNMC, tras considerar inicialmente el Gobierno que había un problema de competencias. En su posterior informe del pasado mes de octubre, el Ministerio consideró que la propuesta de circular se adaptaba con carácter general a las orientaciones de política energética.

Posteriormente, tras el recorrido anterior, la circular fue sometida el pasado mes de septiembre al dictamen del Consejo de Estado de forma simultánea al proyecto de Real Decreto de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, aprobado a finales del año pasado, norma con la cual está estrechamente relacionada.

Con la publicación y entrada en vigor de esta circular se da cumplimiento a lo previsto en Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, en el que se prevé una serie de medidas para el desarrollo ordenado y el impulso de las energías renovables y requiere al Gobierno y a la CNMC la aprobación de las disposiciones reglamentarias precisas para su desarrollo, en el ámbito de sus respectivas competencias.

Ahora bien, conforme a lo previsto en la disposición transitoria octava del citado Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, no será hasta la aprobación de las especificaciones de detalle previstas en el artículo 13 de la circular, necesarias para concretar el cálculo preciso de las capacidades de acceso en cada nudo, cuando los gestores de redes admitirán nuevas solicitudes de acceso y conexión y se darán, en este sentido, por superadas las previsiones contenidas en la disposición transitoria primera del citado Real Decreto-ley 23/2020.

A este respecto, se han producido ya varias reuniones del correspondiente grupo de trabajo organizado por el operador del sistema, informó la CNMC en un comunicado.

El acceso de terceros

El 'superregulador' señaló que la circular se asienta sobre el principio regulatorio clave del derecho de acceso de terceros a la red, para impedir la discriminación entre usuarios y favorecer la cooperación y coordinación entre gestores y titulares de las redes de transporte y distribución, de un lado, y los titulares de las instalaciones de producción, de otro.

Entre otros aspectos, recoge el contenido mínimo de las solicitudes de los permisos de acceso y conexión, así como las condiciones que se deben detallar en caso de su aceptación o denegación -esta última, ya sea total o parcial, siempre debidamente motivada-, por parte de los gestores de redes. Igualmente especifica los elementos que deberán constar en los propios permisos de acceso y conexión.

En concreto, esta circular aprobada por el regulador tiene por objeto culminar el proceso de regulación relativa a la metodología y las condiciones del acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica, en un contexto de rápido desarrollo de la producción a partir de fuentes de energía renovables, tanto en forma de instalaciones a gran escala como de generación distribuida (en este último caso a menudo bajo una modalidad de autoconsumo).

En este entorno, la disponibilidad de capacidad suficiente en las redes constituye un factor decisivo a la hora de acometer nuevos proyectos, para lo que se hace necesario reducir la dispersión normativa y proporcionar una guía clara de cuáles son los pasos a seguir conducentes a la obtención de los permisos de acceso y conexión.

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