La multa a Google viene ocasionada por un uso inadecuado de los datos y no dar pie a resolver el 'derecho al olvido'
La Agencia Española de Protección de Datos ha dictado una resolución por la que multa a Google con 10 millones de euros y a Vodafone España con 3,94 millones por incumplir el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), según explica Europa Press.
El RGPD es el reglamento europeo relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de los mismos.
Según la resolución del organismo español, publicada este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y con fecha de 9 de mayo, la sanción impuesta a Google se debe al incumplimiento del artículo 6 y del artículo 17 del RGPD, en los que se regulan la licitud del tratamiento de los datos y el 'derecho al olvido', respectivamente.
Por su parte, Vodafone España ha sido multada con casi 4 millones de euros por infringir parte del artículo 5 del Reglamento, en el que se regulan las garantías para la confidencialidad e integridad de los datos personales.
En virtud de la Ley Orgánica de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, la Agencia Española de Protección de Datos está obligada a publicar en el BOE estas sanciones cuando afecten a personas jurídicas y su importe supere el millón de euros.