Hacienda refuerza el control tributario sobre las operaciones con criptomonedas con tres nuevos modelos de declaración para evitar el fraude fiscal
La naturaleza de las criptomonedas y su falta de regulación dificulta que la Agencia Tributaria controle las transacciones realizadas con ellas. En este sentido, España promulgó hace dos años la Ley 11/2021, por la que se introducen medidas para combatir el fraude fiscal y se sientan las bases para el establecimiento de declaraciones obligatorias de criptomonedas en el Ministerio de Hacienda.
A finales de la semana pasada, la Agencia Tributaria presentaba finalmente los nuevos modelos informativos en relación al saldo y las operaciones con criptomonedas. Se esperaba que estos modelos estuvieran ya en vigor, pero al final se han publicado en el BOE varios meses después de lo previsto. Estos tres nuevos modelos entrarán en vigor a partir de la declaración que se realice en el año 2024, correspondiente a este año fiscal 2023. Con estos modelos se tendrá que declarar el saldo que se posea en criptomonedas, una medida destinada a luchar contra el fraude fiscal y garantizar un mayor control tributario.
¿En qué consisten los nuevos modelos?
Mediante la Orden HFP/887/2023 se han aprobado el modelo 172 sobre declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales y el modelo 173 para la declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales, estableciéndose las condiciones y el procedimiento para su presentación. También se incluye en el 721 la declaración informativa sobre criptos situadas en el extranjero. De manera más detallada estos son cada uno de los modelos y quiénes tienen que presentarlos:
Modelo 172 o "Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales"
Este es un modelo anual, lo que significa que se debe presentar una vez al año. Específicamente, se presentará en enero de cada año y se deberá incluir en ella las criptomonedas que se posean a día 31 de diciembre de cada año.
Asimismo, deben presentarla las personas físicas y jurídicas residentes en España, así como las instituciones extranjeras en España que presten servicios por cuenta de terceros de protección de claves criptográficas privadas en nombre de terceros para el mantenimiento, almacenamiento y transferencia de monedas virtuales.
Modelo 173 o "Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales"
También es un modelo anual, por lo que significa que tienes que presentarlo todos los años de igual manera. En él, se deben indicar las operaciones realizadas con la moneda virtual en el último año.
Deben presentarla las personas físicas y jurídicas residentes en España, así como los establecimientos permanentes extranjeros que presten servicios de cambio entre monedas virtuales y monedas fiduciarias o entre distintas monedas virtuales en España. Además, también se incluyen en este modelo aquellos que ofrecen nuevas monedas virtuales.
Modelo 721 o "Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero"
Este es un modelo dirigido a los residentes fiscales en España que tienen criptomonedas que estén siendo custodiadas en el extranjero. También es un modelo de periodicidad anual. Ren este caso se deberá presentar entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que corresponda la información que se entregue. Está debe ser sobre las criptomonedas que tienes a 31 de diciembre.
¿Cómo hay que declararlas?
Esta información debe ser remitida digitalmente a la Agencia Tributaria, donde se tendrá que aportar el nombre, apellidos, DNI, domicilios, así como otro tipo de información como el tipo de moneda virtual, la denominación de la moneda virtual, el número de unidades, su valor en euros o el saldo a 31 de diciembre. Asimismo, es muy importante presentar estas declaraciones en el plazo correspondiente para no exponerse a una posible sanción.