El juez Juan Carlos Peinado ha decidido procesar a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. Sin embargo, no lo hará por intrusismo profesional. Según recoge Europa Press, el juez ha otorgado un plazo de cinco días a las partes involucradas para presentar sus escritos de conclusiones provisionales sobre la apertura del juicio oral.
Peinado ha rechazado prolongar la investigación al considerar que no quedan diligencias pendientes, ni hay necesidad de acordar nuevas. La medida se produce tras la comunicación, el pasado 1 de abril, de la opción de llevar el caso a un jurado popular si este llega a juicio. En cuanto al delito de intrusismo profesional, el juez lo considera infundado al no ser necesario un título específico para la firma de ciertos pliegos.
El tráfico de influencias es uno de los delitos que el juez encuentra indicios en la conducta de Gómez, quien habría utilizado su relación personal con el presidente para influir sobre autoridades o funcionarios. Se subraya que desde la llegada de Sánchez al liderazgo del PSOE y, posteriormente, a la presidencia, ciertas decisiones públicas favorecieron a la cátedra que Gómez codirigía en la Universidad Complutense de Madrid, resultado, presuntamente, de su posición privilegiada.
El juez Peinado ve indicios de tráfico de influencias en la actuación de Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, debido a su capacidad de influir en las instituciones gracias a su relación personal.
Respecto a la corrupción en los negocios, el juez indica que Gómez fue la promotora de la captación de fondos privados, no para la cátedra universitaria, sino para su propio beneficio. Ofrecía como ventaja una relación privilegiada con la administración pública, aprovechándose del cargo de su esposo. Además, se señala que Gómez gestionó la cátedra y un software de forma que excedía sus competencias, desviando activos hacia sus intereses personales, en detrimento de la UCM.
En cuanto a la malversación, el juez identifica que Gómez habría empleado de manera indebida a una empleada de Presidencia, Cristina Álvarez, para tareas no relacionadas con su cargo oficial. También están involucrados en esta causa el empresario Juan Carlos Barrabés y la mencionada asesora. Gómez habría desviado recursos públicos para finalidades privadas, algo que el juez no considera meros favores aislados.
Sobre la apropiación indebida, Peinado expone que Gómez recibió un software relacionado con su cátedra y, en lugar de entregarlo a la universidad, lo integró en una web bajo su control personal. Esto habría incumplido la obligación de ponerlo a disposición institucional, revelando su incorporación a una esfera privada ajena a la UCM.
El juez también ha desestimado solicitar información sobre la vida laboral de Gómez o los sueldos de Álvarez, ya que no lo considera relevante. En su auto, hace una comparación histórica al señalar que este tipo de conductas parecen más propias de regímenes absolutistas pasados, evocando el reinado de Fernando VII.
