La Audiencia Provincial de Madrid ha dictado una sentencia condenatoria de 27 años de cárcel para Juan Pedro M. y de 17 años y medio para su padre, Pedro M. Ambos fueron hallados culpables de asesinato y de cuatro delitos de tentativa de asesinato durante un tiroteo entre clanes familiares en Carabanchel el 17 de julio de 2023.
La resolución de la corte les atribuye a ambos la comisión de estos delitos en el marco de un conflicto previo entre dos familias. El enfrentamiento se desató cuando miembros del clan B. acudieron al domicilio de la familia M. para exigir el cese de amenazas que, según argumentaban, llevaban sufriendo durante meses. La situación escaló cuando los acusados dispararon desde su vivienda contra los visitantes.
El tribunal concluyó que el uso de armas de fuego evidenció una clara intención homicida hacia las personas situadas en la vía pública
Juan Pedro M. recibió una condena de 10 años por el asesinato consumado, cuatro años por cada tentativa de asesinato y un año y medio por tenencia ilícita de armas. Por su parte, Pedro M. fue sentenciado a cuatro años por cada intento de asesinato y año y medio adicional por la misma tenencia ilícita. La sentencia considera la eximente incompleta de legítima defensa en ambos casos.
Los hechos probaron que Juan Pedro y Pedro dispararon desde sus ventanas con un revólver y una pistola semiautomática de calibre 7,65, respectivamente. En este ataque, dos balas alcanzaron a Antonio B.B., que murió posteriormente debido a las heridas sufridas.
Durante el juicio, las defensas argumentaron que los acusados actuaron por temor, al sentirse amenazados por la presencia de numerosos integrantes del clan rival que gritaban y los amenazaban desde la calle. Sin embargo, las evidencias periciales y los testimonios presentados en el juicio contradijeron esta versión. Además, se confirmó que, posteriormente, alguien del grupo atacado respondió con disparos.
Finalmente, la sentencia reincide en calificar el ataque como asesinato con alevosía, ya que las víctimas fueron sorprendidas desde una posición elevada que les impedía defenderse. La magistrada citó jurisprudencia del Tribunal Supremo para reafirmar la existencia de dolo eventual y la alevosía en este crimen. Los disparos mortales provinieron de la pistola utilizada por Juan Pedro M., descartando las versiones de defensa propia dadas por los acusados.
