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Economía

Nueva prestación de desempleo: los cambios en el subsidio que han pactado Yolanda Díaz y los sindicatos

Yolanda Díaz y los sindicatos pactan diferentes cambios para el subsidio de desempleo, que se traducen en ciertos cambios en la prestación

Nueva prestación de desempleo: los cambios en el subsidio que han pactado Yolanda Díaz y los sindicatos
Por Redacción Capital

La modificación del subsidio por desempleo, suscrita este miércoles por la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, junto a los líderes sindicales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, respectivamente, implica un incremento progresivo en el monto de esta prestación, que actualmente se sitúa en 480 euros mensuales. Además, amplía el grupo de personas beneficiarias y permitirá la compatibilidad con ingresos laborales, tanto para el subsidio como para la prestación contributiva por desempleo, entre otras disposiciones.

Este ajuste, que entrará en vigor de manera general en noviembre de este año, presenta algunas novedades con respecto a la propuesta rechazada por el Congreso en enero, con los votos en contra del PP, Vox y Podemos, como las relacionadas con la posibilidad de combinar las ayudas por desempleo con un empleo.

En el caso del subsidio, cuya duración máxima seguirá siendo de 30 meses, la compatibilidad se extenderá por un máximo de 180 días por cada nuevo empleo, ya sea a tiempo completo o parcial, sin reducir la cuantía. Respecto a la prestación contributiva, se podrá compaginar con un salario durante 180 días después de haber estado desempleado durante un año, pero con ciertos límites establecidos.

Esta medida, que no estaba recogida en la anterior reforma, persigue evitar que el paro "se enquiste", pues a partir del año es cuando empiezan a existir "grandes problemas de inserción". De este modo, la compatibilidad de la prestación contributiva con un empleo se configura como "una fórmula especial de protección a los parados de larga duración", en palabras del secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey.

Este nuevo régimen de compatibilidades irá acompañado del establecimiento de mecanismos de control a través de la firma de un convenio de colaboración entre el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la Inspección de Trabajo para determinar los supuestos de compatibilidad de prestaciones por desempleo y trabajo por cuenta ajena que deban ser objeto de actuaciones inspectoras, todo ello para evitar el fraude en la obtención y disfrute de las prestaciones.

La nueva reforma mantiene la simplificación de los trámites administrativos para acceder al subsidio, con la eliminación del mes de espera para las personas que hayan agotado su prestación contributiva y quieran solicitar el subsidio. Así, la ayuda se podrá cobrar desde el primer día.

Se mantiene además en el 125% del salario mínimo interprofesional (SMI) la base de cotización para los subsidios de mayores de 52 años, frente a la rebaja que introducía la primera reforma y que motivó el rechazo de Podemos a la misma al considerar que se recortaban los importes de la pensión futura. Con esta decisión, se allana el camino para que la reforma reciba el visto bueno en el Parlamento.

La reforma, que no ha sido firmada por CEOE y Cepyme, mejora las cuantías de los subsidios durante los 12 primeros meses de percepción, estableciendo tres tramos: el subsidio será del 95% del Iprem durante los primeros seis meses de cobro (570 euros mensuales con el Iprem actual); del 90% durante los siguientes seis meses (540 euros) y del actual 80% durante el resto de la duración de la prestación (480 euros).

Al subsidio podrán acceder ahora personas víctimas de violencia de género o sexual desde los 16 años, así como emigrantes retornados, menores de 45 años sin cargas familiares y trabajadores eventuales agrarios de todo el Estado (unos 200.000, según cálculos sindicales).

Además, los trabajadores residentes en Marruecos que hayan desempeñado su última relación laboral en las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, amparados por autorización de trabajo para trabajadores transfronterizos, podrán acceder a la protección por desempleo de nivel contributivo sin necesidad de acreditar residencia en España, siempre que reúnan todos los requisitos establecidos en la legislación aplicable y en las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

La reforma elimina los subsidios parciales para quienes hubieran trabajado a tiempo parcial, pudiendo cobrarlos íntegros, al tiempo que permitirá que las personas con menos de 12 meses cotizados (que son los necesarios para acceder a una prestación contributiva) puedan acceder al subsidio, medida que beneficiará fundamentalmente a los jóvenes.

Se facilita además el cumplimiento del requisito de insuficiencia de rentas para las personas que acceden al subsidio, al permitir el acceso tanto por insuficiencia de rentas personales como de la unidad familiar, alternativamente, y se ampliará la cobertura al permitir el acceso de las parejas de hecho a la unidad familiar.

Al mismo tiempo, se establece un régimen de compatibilidad entre los subsidios agrarios de Andalucía y Extremadura con los del Régimen General y, adicionalmente, se compromete una reducción de las jornadas reales requeridas para acceder a los primeros como consecuencia de la sequía.

La reforma permitirá también que aquellos que están cobrando subsidios puedan agotar sus prestaciones actuales y, posteriormente, pasar a incorporarse en el Ingreso Mínimo Vital (IMV), una pasarela de la que quedarán excluidas las víctimas de violencia de género y los emigrantes retornados, que se mantendrán en el subsidio.

Asimismo, se introduce como causa de suspensión del subsidio que los trabajadores fijos-discontinuos sean llamados a reiniciar su actividad y no se reincorporen a su puesto de trabajo, salvo causa justificada.

La reforma establece también un mecanismo de reserva de políticas activas de empleo para mayores de 52 años para destinar una parte de los fondos de empleo a este colectivo, del orden de unos 600 millones de euros.

Asimismo, la prestación se coordinará con un itinerario personalizado de activación para el empleo con la suscripción de un acuerdo de actividad (conocido anteriormente como compromiso de actividad) con los Servicios Públicos de Empleo, estableciéndose como prioritario el colectivo de parados de larga duración para los programas y acciones de inserción laboral.

 

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