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El Supremo obliga a Santander y CaixaBank a pagar más de 7 millones a colegios por ‘swaps’

El Tribunal Supremo condena a Banco Santander y CaixaBank a pagar más de siete millones por 'swaps' sin informar adecuadamente a colegios.

El Supremo obliga a Santander y CaixaBank a pagar más de 7 millones a colegios por ‘swaps’
Por Redacción Capital

El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia condenatoria que implica a las entidades financieras Banco Santander y CaixaBank, obligándolas a abonar más de siete millones de euros tras haber colocado ‘swaps’ a tres colegios sin informar adecuadamente sobre los riesgos asociados. Este fallo, según ha comunicado Zunzinegui Abogados, representante de las cooperativas de los centros educativos, se refiere a hechos que se produjeron entre 2007 y 2009, durante la financiación de las obras de los colegios.

La financiación estuvo condicionada a la contratación de una «cobertura», que se tradujo en la colocación de un ‘swap’, cuyo impacto financiero ha sido, según el bufete, severamente negativo, provocando «pérdidas millonarias» a los colegios involucrados. Zunzinegui Abogados ha defendido casos similares en otras instituciones, aunque esta es la primera vez que se cuenta con un pronunciamiento del Tribunal Supremo al respecto, estableciendo así doctrina sobre la colocación indiscriminada de ‘swaps’ en operaciones de project finance.

En la sentencia del 22 de abril de 2025, el Tribunal Supremo condena a Banco Santander a pagar 2.785.027 euros al Colegio Gaudem, que con los intereses correspondientes suma un total de cuatro millones de euros. Además, el banco asume la responsabilidad total por la colocación del producto financiero al haber fallado en informar sobre los riesgos. La sentencia subraya que «el incumplimiento de las obligaciones de asesoramiento (…) genera la obligación de indemnizar el quebranto patrimonial».

El Supremo declara que las liquidaciones negativas son un daño indemnizable causado por el incumplimiento por la entidad financiera de sus obligaciones de información

Asimismo, el Tribunal señala la validez de las liquidaciones negativas generadas tanto antes de la presentación de la demanda como las que se produzcan en el futuro, condenando a Banco Santander al pago de dichas liquidaciones hasta la extinción del contrato de ‘swap’. En cuanto a CaixaBank, las sentencias de 9 de abril de 2025 anulan los ‘swaps’ por vicio en el consentimiento y ordenan la devolución de las liquidaciones negativas, totalizando más de cuatro millones de euros.

Banco Santander ya ha hecho frente a parte de las indemnizaciones, abonando 2,3 millones de euros al Colegio Villamadrid y 1,5 millones de euros al Colegio Nobelis. La decisión del Tribunal supuso una desestimación de los recursos presentados por CaixaBank, que no logró demostrar que la sentencia de la instancia inferior se apartara de la jurisprudencia existente en la materia. Además, el Tribunal ha concluido que las ‘novaciones’ propuestas por CaixaBank eran más exigencias necesarias que una confirmación tácita del contrato original.

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