La Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitirá este jueves, 16 de julio, las primeras sentencias respecto a la aplicación de la Ley Orgánica de Amnistía (LOA) por parte de los tribunales españoles y su compatibilidad con el Derecho comunitario. Este pronunciamiento llega después de que el TJUE recibiera hasta cuatro cuestiones prejudiciales que requieren decisiones vinculantes.
En anticipación a la sentencia del TJUE, la ministra portavoz del Gobierno, Elma Saiz, manifestó en una rueda de prensa tras el Consejo de Ministros que el Gobierno de Pedro Sánchez espera un fallo claro y contundente, lo que permitiría aplicar la medida de gracia con diligencia y sin más dilación.
La sentencia del jueves abarcará dos casos específicos sobre los cuales el Abogado General emitió dictámenes en noviembre del año pasado. Dichos dictámenes concluyeron que la tramitación de la ley no implicaba una autoamnistía ni colisionaba con la legislación de la UE en materia de terrorismo o con los intereses financieros de la UE. Sin embargo, se mencionó la posibilidad de vulneraciones menores al Derecho comunitario.
El primer caso se refiere a una consulta del Tribunal de Cuentas acerca de la responsabilidad contable de Carles Puigdemont y otros por el uso de fondos públicos en el referéndum del 1 de octubre de 2017, declarado ilegal, y en apoyo al 'procés'. La segunda sentencia responderá a la cuestión prejuicial presentada por la Audiencia Nacional en relación con delitos de terrorismo atribuidos a miembros de los Comités de Defensa de la República (CDR), evaluando si aplicar la amnistía violaría el Derecho comunitario y aseguraría la impunidad de los delitos.
El TJUE se pronunciará un año después de las vistas y siete meses tras las conclusiones del abogado general, que no son vinculantes, pero frecuentemente guían las sentencias finales
En el caso del Tribunal de Cuentas, el abogado europeo concluyó que no hay impacto en los intereses financieros de la UE, ya que "no existe un vínculo directo entre los actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos del presupuesto de la Unión". No obstante, advirtió que el plazo máximo de dos meses para dictaminar sobre la LOA podría resultar insuficiente en casos relacionados con la financiación del ‘procés’.
Respecto al caso de los CDR, el Abogado General determinó que la LOA no colide con la directiva europea contra el terrorismo y mantiene que no constituye una autoamnistía, contradiciendo la posición inicial de la Comisión Europea. Afirma que la ley cumple con los estándares del Tribunal Europeo de Derechos Humanos al haberse diseñado en un "contexto de reconciliación política y social" y sin incluir violaciones graves de Derechos Humanos. Asimismo, destaca que la amnistía excluye de manera explícita actos que hubieran causado intencionadamente violaciones graves de Derechos Humanos, sin englobar todos los delitos de la Directiva.
