Sumar ha presentado una proposición no de ley en el Congreso con el objetivo de aumentar de manera inmediata el IRPF aplicado a las rentas del ahorro que superen los 50.000 euros anuales. La iniciativa, que será debatida en la Comisión de Hacienda del Congreso, propone además reformar el impuesto para unificar la base imponible de las rentas del trabajo y del capital.
Según el grupo plurinacional, el actual modelo del IRPF presenta una dualidad y una brecha de equidad insostenible al separar los ingresos provenientes del trabajo, como las nóminas, de los del capital, que incluyen ganancias de acciones o ventas patrimoniales. Actualmente, las rentas del trabajo tributan a tipos marginales que en algunas comunidades autónomas pueden superar el 50%, mientras que las rentas del ahorro tienen un gravamen más bajo, con un tope del 30%.
Esta diferencia de entre 17 y más de 20 puntos porcentuales provoca que el impuesto sea regresivo para los tramos más altos
Sumar también ha contextualizado la medida en la necesidad de reducir el déficit de presión fiscal de España con respecto a la Unión Europea, que es 2,2 puntos inferior a la media comunitaria. Los recursos adicionales obtenidos se destinarían a fortalecer la sanidad, la educación y las infraestructuras públicas.
La propuesta detalla un incremento de 3,5 puntos para las rentas del ahorro entre 50.000 y 200.000 euros. Este aumento sería de 4,5 puntos para las rentas entre 200.000 y 300.000 euros, y de 6 puntos para las superiores a 300.000 euros.
Asimismo, Sumar solicita una reforma del IRPF que elimine progresivamente la dualidad fiscal entre las rentas del trabajo y del capital, avanzando hacia su integración en una única base imponible. Esto garantizaría un tratamiento homogéneo conforme a los principios de igualdad y progresividad del artículo 31.1 de la Constitución. La propuesta incluye un calendario de convergencia de tipos a completar en un máximo de cuatro años, asegurando que los rendimientos del capital tributen de forma progresiva en niveles comparables a los de las rentas del trabajo y respetando el principio de no confiscatoriedad.
